Christian SanzPortada

⚖️ Direccionamiento, desconocimiento y escandaloso acomodo en el Consejo de la Magistratura de Mendoza

Las pruebas se siguen acumulando, pero nadie hace nada al respecto. La Justicia mendocina, en peligro.

La trama es tediosa y, por momentos, aburrida. Pero es preciso seguirla de cerca porque refiere al republicanismo mendocino y la independencia del Poder Judicial local.

Lo viene contando Diario Mendoza Today en completa soledad, provocando la inesperada inquietud de puntuales referentes de la política local.

Es un culebrón que se viene cocinando a fuego lento y que busca cooptar los resortes de la Justicia, en todas sus aristas. Los tentáculos llegan a la Asociación de Abogados, la Federación ídem y el Consejo de la Magistratura local.

La finalidad es obvia: el manejo de jueces y fiscales, en momentos en los cuales aparecen severos escándalos de corrupción en Mendoza. Funcionarios judiciales con los cuales logró hablar este diario, se encuentran escandalizados por la situación. No lo dicen por obvias razones, pero el pavor está.

La última movida se dio hace unos días, cuando pusieron “de prepo” en el Consejo de la Magistratura a dos miembros foráneos de la provincia. Con todo lo que implica. Sobre todo el desconocimiento de aquellos profesionales del Código de procedimientos mendocino.

En tal contexto, ¿cómo harán para tomar examen a los postulantes? ¿Qué pergaminos ostentan para hacerlo? ¿Cuál es la garantía que ofrecen?

El abogado Leonardo Pasccón expuso parte de la problemática en las últimas horas a través de una carta dirigida al “pleno” del Consejo de la Magistratura.

Como miembro titular de la Comisión Asesora para la Justicia Penal, Ejecución Penal y Faltas, en representación de la Federación de Colegios de Abogados y Procuradores de Mendoza hizo llegar “tres cuestiones que me preocupan en el rol que me toca ocupar hoy en día con miras al futuro institucional tanto del Consejo de la Magistratura como del fuero penal dónde los magistrados seleccionados serán los futuros operadores del sistema”.

 

Qué dice Pasccon en su carta

En primer lugar, durante la semana pasada la representante por el Consejo de la Magistratura Dra. Sandra Verónica Guagnino mantuvo comunicación con el resto de los miembros de la Comisión evaluadora donde se generó un fructífero pero preocupante intercambio de ideas: hay una interpretación por parte de la reconocida e indiscutible colega (entiendo que ajeno a su conocimiento) que el rol que por reglamento le otorga ser la Representante del Consejo en la Comisión evaluadora es casi de una interventora, haciendo reinterpretaciones del Reglamento del Consejo de la Magistratura; lo cual tiene una gravedad inusitada: el funcionamiento, alcance e interpretación del Reglamentado es uno y para todas las Comisiones evaluadoras: que la Comisión Asesora en materia Penal haya quedado envuelta en un manto de dudas por razones públicamente conocidas, no hace que sea una Comisión Asesora diferente del resto del Consejo de la Magistratura. Integré durante muchos años la Federación de Colegios de Abogados de Mendoza y conozco a todos los representantes del resto de Comisiones y tenemos diálogo históricamente como lo hacen los otros estamentos.

Todos al integrar las Comisiones Asesoras en las distintas áreas comenzamos una relación institucional tanto interpares como con los Consejeros de los diferentes estamentos (incluidos la mayoría de Uds); y hace años que su Secretaria (Graciela Cersesoli) ordena los procesos y funcionamiento de los exámenes escritos y orales de todas las Comisiones, sin que jamás haya surgido una diferencia en años sobre cómo se lleva adelante los mismos. Por ende, confundir el rol coordinador del representante del Consejo en una comisión con otro que implique un avance sobre el del resto de los estamentos, es una alerta.

El segundo gran tema de preocupación referido a la misma problemática es que en materia penal en la Provincia de Mendoza la Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia es (o viene siéndolo) definitoria en la interpretación de la norma de rito que viene mutando en un proceso iniciado en el año 2016 hacia un sistema Acusatorio Adversarial pleno. Y la discusión prolífica entre miembros de la Corte provincial con miradas a veces contrarias reflejadas en sus fallos son de inusitada necesidad conocer, tanto como la norma misma. Basta dos ejemplos muy básicos que ponen en evidencia lo antedicho: Uds como cuerpo han recibido por parte mía audios que forman parte de una denuncia penal. Dichos audios en materia penal es llamada evidencia digital.

No hace más de seis meses que la Presidenta del Consejo de la Magistratura, Dra. Teresa Day, fue preopinante de un fallo plenario de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia que hizo lugar a un recurso de queja presentado por el Ministerio Público Fiscal respecto a una nulidad ordenada por un Juez de Tribunal Penal Colegiado (Dr. Martearena) que nulificaba todo un proceso investigativo por violar garantías constitucionales la valoración de evidencia digital relacionada con el uso de teléfonos celulares.

Incluso el Dr. Martearena fue denunciado a fin de iniciar un Jury pidiendo su destitución por dicha resolución por el ex Diputado Nacional Enrique Thomas. En dicho fallo la Dra. Day hace un frondoso análisis de la evidencia digital, los proyectos de ley presentados en la Provincia, el paralelismo de nuestro sistema procesal con el Nacional, las garantías constitucionales y convencionales, etc que fue avalado por la mayoría de sus pares. Cómo un aspirante en materia penal y mucho menos un evaluador podría estar en condiciones de ser operador del sistema penal provincial si desconoce dicha evolución jurisprudencial?. O el reciente y públicamente conocido caso “Próvolo” donde una sentencia absuelve a todos los imputados; cuando sobre dicha causa hay Jurisprudencia de la Corte respecto a la duración de la Prisión Preventiva, riesgo procesal, validez de órdenes de detención posteriores al auto de Prisión preventiva sobre el mismo imputado, etc.?

Si no, de tener un criterio distinto, y proponer a Uds un temario cual materia de la Universidad; llevaría a que un aspirante con conocimientos meramente academicistas que se obtienen en la Universidad podría ser Juez y resolver la libertad o no de un ciudadano, o sus garantías individuales más elementales?.

Reitero que este criterio es seguido hace años por todas las Comisiones Evaluadoras del Consejo de la Magistratura. Basta ver los exámenes de caso de los últimos 8 años por lo menos de las distintas comisiones.

Por último, fui notificado de Vuestra resolución el día 17 de octubre del corriente, y observé que algunos miembros que resolvieron y firmaron la misma (teniendo todos miembros suplentes para integrar el plenario) están señalados en la denuncia penal que se les viene informando y aportando la prueba en lo que respecta y atañe al Consejo de la Magistratura.

De ninguna manera podría yo recusar a ningún miembro por que no es mi rol, y está en la responsabilidad de cada uno inhibirse o no; pero sí respecto a mi estamento me permito una observación que puede servir de analogía a los otros: el Dr. Javier Conrado Pons (colega y amigo) está claramente señalado por la Dra. María josé Hernandez: les parece

institucionalmente valioso que aún siga interviniendo, más cuando lo que se les informa lo tiene como sindicado?. Sin que lo manifestado signifique de ninguna manera una valoración sobre la integridad profesional y personal del Dr. Pons, e incluso desconociendo si lo que dice en dichos audios la Dra. Hernandez es cierto o no. Pero es un mensaje disvalioso.

En su caso, el representa a todos los abogados de a pie de la Provincia, la Federación lo único que hace por manda constitucional es ordenar el proceso de selección de los representantes del Consejo de la Magistratura por elección directa de los colegiados. No representa ni a un Colegio de Abogados, ni a la Federación, si no a todos los abogados de la Provincia. Cualquier manto de sospecha sobre ello pone en jaque la representación constitucional de nuestro estamento, y por ende la legitimidad integra del proceso de selección de Magistrados. Es de una gravedad institucional enorme. Más teniendo en cuenta que todos ocupamos hoy un rol institucional dónde lo que importa es justamente mantener incólumne el sistema de justicia provincial: las personas que ocupamos dichos lugares somos pasajeras.

Por ende entiendo que la participación del Dr. Javier Pons o la Dra. María José Hernndez en el Consejo de la Magistratura pone un manto de oscuridad a uno de los procesos culmines constitucionales y que justifican la existencia del Consejo´de la Magistratura, que no es otro que elevar una terna al Poder Ejecutivo para designar un Magistrado Provincial, garantizando la transparencia del proceso y la representación estamentaria en el mismo. No me es grato, estoy hablando de personas respetadas y estimadas, y este proceso en lo personal sólo me ha traído persecuciones políticas ejecutadas incluso por magistrados amigos de los denunciados, como Fiscales haciendo llegar dicho mensaje a través de otros magistrados, o periodistas. Siendo quien suscribe un abogado de a pie, sin cargo público alguno, ocupando un rol institucional técnico ad honorem. Pero es una obligación ciudadana y una decisión de vida: hace más de 20 años ejerzo la profesión y es mi vocación, sin intereses políticos partidarios, ni por ende dependencias funcionales.

Dejo planteadas dichas inquietudes con un ánimo constructivo y de vocación democrática, porque las personas pasamos pero las instituciones perduran.

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