PortadaSociedad

Denuncian discrecionalidad en el proceso de “entrevista y terna” en el Consejo de la Magistratura de Mendoza

La presentación la hizo el abogado Leonardo Pasccon, quien viene desnudando la manipulación de la Justicia provincial.

En una nueva misiva dirigida al pleno del Consejo de la Magistratura de Mendoza, el abogado Leonardo Pasccon pidió que le sea “aclarado como ciudadano de a pie, cuál es el criterio que tienen al momento de entrevistar, ordenar y elevar una terna” dentro de ese cuerpo.

En su explicación, que puede verse al pie, el letrado pone el foco en la inquietante declaración efectuada por María José Hernández, representante en la Magistratura de la Federación de Colegios de Abogados y Procuradores de la provincia.

“En su declaración informativa refirió que su rol como Consejera titular es absolutamente discrecional y que negocia con otros estamentos la nota, que podría deberse quizás a la inexperiencia de sus pocos años de profesión”, advierte Pasccon.

Y refiere que el día 13 de noviembre del corriente prestó declaración testimonial Pablo Teixidor, quien fue el Consejero Titular del Consejo en el mandato anterior a Javier Pons, y al ser consultado sobre los audios y cuál es la entidad de su función, refirió lo siguiente:

“Preguntado para que diga cómo es el criterio para calificar a los aspirantes por parte de los miembros del Consejo de Magistratura, respondió: absolutamente discrecional, de eso se trata el mandato”.

A su vez, preguntado para que diga si esa discrecionalidad le permite enfocar con otros estamentos la calificación a colocar a los aspirantes, respondió: “Como todo cuerpo colegiado, existe diálogo entre sus miembros y muchas veces se discute y se debate sobre distintas circunstancias y eso no quita que se pueda discutir sobre un participante particular o sobre el conjunto aspirante a un cargo determinado o a varios, en deliberaciones que son secretas por reglamento”.

Cuando le preguntaron si durante su gestión en el Consejo de la Magistratura le fue sugerida alguna calificación particular a algún aspirante por parte de algún otro miembro, sugestivamente Teixidor contestó: “Me remito a la respuesta anterior en donde expliqué el diálogo entre los estamentos y el secreto de las deliberaciones, independientemente de que nos estamos alejando del foco del hecho investigado”.

A su vez, minimizó el contenido de los audios de la Dra. Hernandez vinculados a las formas en la que tenía que calificar a los aspirantes, los cuales se viralizaron oportunamente,

“La conversación tiene que ver con el diálogo que existen en los bloques de los abogados, quienes desde hace años discutimos y nos ponemos de acuerdo en un voto común con el mandato de la jurisdicción en la que va a llegar el aspirante, es decir, el cargo a cubrir es de la primera circunscripción el abogado titular de otros circunscripción acompaña los intereses del abogado de la primera circunscripción lo que ocurre en cualquier ámbito colegiado ya se apolítico, como puede ser legislatura o consejo deliberante, en lo comercial dentro de una sociedad por acciones, o en lo civil dentro de cualquier club o unión vecinal”.

El escrito es gráfico per se, no solo por su elocuencia, sino también porque hace referencia a documentos irrefutables. Conversaciones y audios que, no solo no pueden desmentirse, sino que nadie lo ha hecho.

“Hay chats de la Dra. Henández con el Dr. Dario Bermejo; de ésta con un abogado llamado Ivan Troyano que la pasa los datos del concurso de postulante del Dr. Fonseca, hoy Juez Penal en San Rafael luego de la entrevista realizada por Uds, y del propio Dr. Fonseca a la Dra. María José Hernández diciéndole que si ella estaba tratando de ubicarlo”, explica Pasccon.

Y se pregunta: “¿Uds. negocian entre los estamentos y los departamentos respectivos y sus autoridades a quién van ternar de manera absolutamente discrecional? ¿Esto lo saben los postulantes y la ciudadanía en general que es así?”.

El abogado insiste con las preguntas: “¿Los antecedentes académicos, respuestas a las preguntas que en la entrevista Uds. les realizan es todo una puesta en escena?”.

Y explica que ello es grave “porque el día jueves 09 de noviembre del corriente declaró el Dr. Javier Pons en la misma causa, en la que reconoce expresamente que previo a ir a votar la resolución del día 04 de julio del corriente dónde se removió la Comisión Asesora de Penal éste fue a asesorarse y pedir consejo al Dr. Sebastián Soneira, Director de Personas Jurídicas, y que luego también se hizo presente la Dra. Hernández en dicha reunión en Casa de Gobierno, como así también reconoce el Dr. Pons que antes de ir a la reunión tomó contacto telefónico con el Dr. Marcelo Dagostino. Y a su vez el Dr. Teixidor refirió en su testimonial que el Dr. Soneira depende del Dr. Marcelo Dagostino”.

“¿Qué quiere decir esto?”, se pregunta Pasccon. Y se responde con otro interrogante: “¿Que su decisión fue absolutamente discrecional? ¿Que hicieron un expediente? ¿Por qué querían si no podían no hacerlo?”.

Finalmente, el letrado apunta: “Es claro el equívoco entre discrecionalidad y arbitrariedad en que incurre el Dr. Teixidor (más grave aún siendo asesor del Dr. Miguel Piedecasas, Consejero del Consejo de la Magistratura de la Nación), haciendo una espantosa interpretación de un reglamento que refiere una sola vez la palabra ‘discrecionalidad’ en la ley 7719 art. 3 AB totalmente desactualizada refiriéndose a su vez a una etapa de evaluación que antes de su reforma daba puntaje la Comisión Asesora al aspirante; no hoy que solo dice si aprobó o no”.

A continuación, la presentación completa:

Artículos Relacionados