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La Corte de Mendoza falló contra Guaymallén y ahora el municipio deberá elegir y presentar reina de la Vendimia

El máximo tribunal provincial decretó que es inconstitucional la resolución que prohibía la coronación vendimial en ese departamento.

Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza dictaminó que es inconstitucional la resolución municipal que prohibía la elección y coronación de la reina de la Vendimia en Guaymallén (ver al pie).

Ergo, el municipio comandado por Marcelino Iglesias deberá habilitar la elección en la fiesta que está prevista para el próximo 10 de febrero, con puntuales soberanas distritales en competencia.

El fallo contó con seis votos a favor y uno en contra y concidió con el dictamen -no vinculante- del procurador Alejandro Gullé, quien puntualizó que el municipio se excedió en sus facultades al dejar sin efecto la elección de la reina departamental.

Como publicó Diario Mendoza Today, en el año 2021 el intendente Iglesias eliminó a través de un decreto que puso en vigencia una Ordenanza Municipal, la elección de la Reina de Belleza la Vendimia departamental, que luego acude a la tradicional elección por el cetro nacional.

En la norma se dispuso “prohibir la organización, patrocinio y/o auspicio, por parte del Municipio, de manera directa, de elecciones de reinas, embajadoras, representantes y princesas u otras denominaciones similares y concursos de belleza de personas, cualquiera sea su edad, en las distintas celebraciones locales o eventos públicos instrumentándose los mecanismos necesarios al efecto”.

Este decreto se da en un paradigma de cambios sociales y olas de feminismos que proponen una diversidad corporal y nuevas concepciones de belleza en las personas, corriéndose de lo heteronormativo, ’90, 60, 90′, entre otras cuestiones.

En medio del escándalo, el gobernador Rodolfo Suarez propuso en marzo pasado que la reina de Guaymallén elegida anteriormente (año 2020) fuera la que representara al departamento en la pasada Fiesta Nacional de la Vendimia, ya que poseía legitimidad.

Ahora, la Corte dictaminó que “es evidente que si se está ante un instituto (Fiesta de la Vendimia) protegido y regulado mediante Leyes Provinciales en razón de su ser y carácter de patrimonio cultural de la Provincia, el ejercicio de las facultades políticas de legislación vinculadas con el gobierno de ese instituto, no han sido deferidas a los órganos deliberativos municipales y han quedado reservadas a la Legislatura.”

Con este argumento la Suprema Corte de Justicia decidió por mayoría declarar inconstitucional la ordenanza del Concejo Deliberante de Guaymallén a través de la cual se prohibió la realización de concursos de belleza en esa comuna entre los que incluyó la representante vendimial del departamento.

Por lo tanto Guaymallén volverá a elegir su reina departamental, quien representará al municipio en la fiesta Nacional de la Vendimia el próximo 4 de marzo en el anfiteatro Frank Romero Day.

Los jueces José Valerio, Julio Gómez, Teresa Day, Dalmiro Garay Cueli y Pedro Llorente votaron en igual sentido.

Por los argumentos expuestos, el voto de Mario Adaro está en disidencia respecto al voto mayoritario de estos cinco magistrados, mientras Omar Palermo votó por la constitucionalidad de la ordenanza.

De esta manera, el máximo tribunal le dio cierre a un extenso proceso que comenzó en 2021 con la ordenanza 9196 emitida por el Concejo Deliberante de Guaymallén (ciudad del Gran Mendoza), e impulsada por el oficialismo.

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