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Qué dice el proyecto sobre lavado de activos que debatirá el Senado Nacional

Desde el oficialismo apuraron el avance porque está próxima a llegar la evaluación del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) sobre el país, la cual sería entre el 3 y el 23 de marzo.

Se llevó a cabo este miércoles el plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales, a cargo del riojano Juan Carlos Pagotto, y de Presupuesto y Hacienda, presidida por el jujeño Ezequiel Atauche, del Senado para dictaminar el proyecto de ley que reforma la normativa sobre prevención y represión del lavado de activos.

La iniciativa, impulsada por la gestión de Alberto Fernández, tuvo media sanción en la Cámara de Diputados en abril del año pasado, con un muy bajo número de votos a favor y casi toda la oposición en contra. Los entonces tres diputados libertarios Javier Milei, Victoria Villarruel y Carolina Píparo estuvieron ausentes.

Desde el oficialismo apuraron el avance porque está próxima a llegar la evaluación del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) sobre el país, la cual sería entre el 3 y el 23 de marzo.

De este modo, el oficialismo incorporó el tema en extraordinarias y la semana pasada asistieron a reclamar por su aprobación Ignacio Yacobucci, propuesto por el Poder Ejecutivo para presidir la Unidad de Información Financiera (UIF), y Nicolás Vergara, jefe de Gabinete del organismo.

En el inicio de la reunión plenaria, los presidentes de las comisiones confirmaron el reemplazo del radical pampeano Daniel Kroneberger, en lugar de la santafesina Carolina Losada en ambas comisiones.

Así las cosas, Pagotto explicó: “Tenemos la inspección del GAFI el 3 de marzo”, y agregó que “Argentina tiene que cumplir con sus compromisos internacionales. Esta es la razón por la que pido que seamos breves para poder aprobar y tratarlo en el recinto”.

Brevemente, el senado nacional Juan Carlos Romero (CF – Salta) advirtió que “el artículo 40 me da una entrada en vigencia diferente a la Código Civil”. “Acá le da vigencia a los 30 días de la publicación en el Boletín Oficial, pero sería bueno hacer circular el despacho y acordarlo con todos los bloques”.

También, el senador nacional Maximiliano Abad (UCR – Buenos Aires) aclaró que “hicimos modificaciones porque la ley es perfectible”, y señaló que esta iniciativa “es fundamental para la lucha contra el narcotráfico y el lavado de activos”.

Finalmente, el titular de Presupuesto y Hacienda en la Cámara alta, Ezequiel Atauche, cerró: “Es buen momento para escuchar y reafirmar el compromiso de una nueva ley y agradecer a todos los sectores que dan acompañamiento porque entendieron la necesidad que tiene el país de esta ley”.

Sobre el proyecto

El proyecto modifica el artículo 5 de la Ley 25.246, de modo de establecer que la UIF funcionará como “organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, en jurisdicción del Ministerio de Economía, con personería jurídica propia, con autonomía y autarquía funcional, administrativa, económica y financiera”.

Respecto a la pena prevista para el lavado en el artículo 303 del Código Penal se aumentará el monto de la condición objetiva de punibilidad de 300 mil pesos a 8.600.000 y se implementará una unidad de medida (Salario Mínimo, Vital y Móvil) a los fines de su actualización periódica.

A su vez, se incorpora un nuevo tipo de penal de financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva en el artículo 306; y se agrega el artículo 4 bis a la Ley 25.246 para incorporar el concepto de operación inusual y sospechosa de conformidad con la recomendación 20 del GAFI.

Sobre la UIF, se refuerza el mecanismo de audiencia pública previo a la designación de las autoridades.

Se aclara que los abogados, quienes se suman como sujetos obligados a reportar situaciones sospechosas, no serán sujetos obligados cuando se desempeñen en actividades consistentes en asesoramiento, consultoría legal, así como también el patrocinio, representación o defensa en litigios judiciales, administrativos, arbitraje o mediación.

Se suprime el párrafo referido al secreto profesional toda vez que la aplicación de dicho apartado podía dar lugar a interpretar que toda actividad de los abogados está protegida por el secreto profesional, y ello implicaría que nunca deberían realizarse reportes de operaciones sospechosas.

Respecto a los contadores, se suprime como actividad comprendida la confección de informes de revisión limitada en estados contables.

Además se contempla la creación de una Comisión Bicameral Permanente de Fiscalización de Sistema, Prevención, Investigación y Persecución Penal de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y Armas de Destrucción Masiva, a los fines de incorporar un control político y parlamentario.

También se prevé la creación de un Registro de Proveedores de Servicios Virtuales, a los fines de establecer que la Comisión Nacional de Valores va a ser el organismo que se va a encargar del registro, su evaluación y supervisión. Este aspecto apunta a detectar eventuales operaciones sospechosas a través de activos virtuales (criptomonedas).

Entre otros puntos, se estima la creación de un Registro de Beneficiarios Finales, como registro centralizado que contenga información adecuada, precisa y actualizada de los beneficiarios finales de personas y estructuras jurídicas, cuya autoridad de aplicación será la AFIP.