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El Senado comenzó a analizar el proyecto sobre lavado de activos que es exigido por el FMI

La iniciativa, que ya cuenta con media sanción de Diputados, fue tratada en el seno de una reunión conjunta de comisiones en la que disertaron el funcionario Ricardo Casal, el presidente de la UIF, Juan Carlos Otero, y el director de la Comisión Nacional de Valores.

Con invitados a exponer, la Cámara alta puso en marcha el tratamiento del proyecto que modifica el Código Penal respecto de la prevención y represión del lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, que ya cuenta con media sanción de Diputados desde abril de este año.

Fue debatida este martes en un plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto y Hacienda, presididas por los oficialistas Oscar Parrilli (Neuquén) y Ricardo Guerra (La Rioja) respectivamente. En la reunión disertaron Ricardo Casal, secretario de la Secretaria Legal y Administrativa del Ministerio de Economía; Juan Carlos Otero, presidente de la Unidad de Información Financiera; y Martín Breinlinger, director de la Comisión Nacional de Valores.

La iniciativa, enviada por el Poder Ejecutivo hace casi un año atrás -en mayo de 2022-, es exigida desde el Fondo Monetario Internacional, de manera de que el país se pueda adecuar a los estándares internacionales. Además, para el Gobierno urge su aprobación, a raíz de que en septiembre de este año Argentina comenzará a ser evaluada por el GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional).

La palabra de los invitados

Al inicio del encuentro, Parrilli aclaró que “no es intención emitir dictamen, sino que se hará en una próxima reunión”. “Nos parece que este es un tema lo suficientemente delicado e importante como para que lo debatamos ampliamente y que todos los senadores puedan tener la información disponible para apoyar o no el dictamen o hacer las sugerencias que entiendan que deban llevarse adelante”, agregó.

De forma breve, el senador Guerra aclaró que hubo un reemplazo de su bancada para “lograr el quórum de la comisión”, de tal manera que la fueguina María Eugenia Duré ingresó en lugar de Lucía Corpacci.

El primer orador fue el doctor Ricardo Casal quien remarcó que el GAFI, como organismo internacional, “permanentemente dicta recomendaciones para los tres ejes que son lavado de activos, lucha contra el terrorismo y destrucción de armas”.

“En ese sentido el Ejecutivo nacional el año pasado ha hecho dos evaluaciones importantes respecto al riesgo sobre estos tres ejes tan importantes de tratamiento universal. Es una evaluación, el segundo una actualización que han sido aprobados por decretos del Ejecutivo y por ende van en sintonía con este proyecto de ley”, destacó.

Casal sostuvo que “esta actualización de la legislación penal y de la Ley orgánica de la UIF tiende a cumplir con los estándares básicos que está planteando el GAFI que casualmente ha fijado como fecha de evaluación al país a partir de septiembre. Obviamente que aspiramos como país que esta evaluación sea positiva y podamos estar dentro de la nómina de países que responden a los estándares internacionales sin mencionar que su resultado negativo traería consecuencias desagradables para nuestra patria y, fundamentalmente, del sector financiero y otros sectores que están vinculados al mercado financiero en el caso de que el país no lograra cumplir con esos objetivos que no depende de que esta ley sea aprobada, sino de un montón de circunstancias que hacen al cumplimiento de estos estándares”.

El funcionario, contó que el proyecto de ley fue tratado con diversos organismos institucionales públicos que han contribuido desde la Suprema Corte, la AFIP, el Banco Central, pero “han logrado la redacción de un texto de común acuerdo que fue presentado en Diputados en la cual, en dicha Cámara, ha tenido algunos ajustes o modificaciones no sustantivas sino para clarificar algunas cuestiones”.

“Consideramos que este no es solo un instrumento de adecuación a los estándares internacionales, sino también, que es un instrumento de utilización fundamental en la prevención del lavado de activos y del terrorismo”, opinó y recordó que Argentina tuvo dos atentados “gravísimos” entre la AMIA y la Embajada de Israel que “aún no se han esclarecidos”.

Por último, Casal remarcó que “este instrumento convertido en ley va a permitir que el Estado argentino, a través de los órganos jurisdiccionales y los órganos administrativos con competencia suficiente como es la UIF, puedan llegar al beneficiario final que es uno de los ejes de la ley pasando por todos los estadios de la circulación del dinero para el financiamiento de actos que sean considerados como actos de terrorismo”.

Casal contó que “hace poco se realizó la apertura de una sucursal en Rosario que pareciera que fuera el epicentro de la brutal y sangrienta actividad del narcotráfico. Este instrumento va a permitir también que esa agencia UIF en Rosario y en cualquier otro punto del país pueda bucear y profundizar en el movimiento de activos que derivan de actos ilegales del narcotráfico para poder llegar a cortar este perverso circuito económico que desalienta aquellos que sanamente ejercen el comercio”.

 Luego fue el turno del titular de la UIF, Juan Carlos Otero, quien resaltó que luego de 12 años “estamos proponiendo una reforma sustancial de sistema, lavado de activos, financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva”. “El proyecto nos va a otorgar mayores herramientas a las autoridades públicas competentes para el combate del crimen organizado y en especial el narcotráfico”.

“A su vez nos va a permitir aumentar la efectividad del sistema preventivo y represivo contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. Va a profundizar el enfoque basado en riesgo para poder hacer una asignación de recursos tanto para el sector público y privado para el combate de todo tipo de delitos”, detalló Otero.

En esa línea, siguió: “Va a promover el cumplimiento de las obligaciones por parte del sector privado en las inter resoluciones. Además, vemos la regulación de nuevas tecnologías. Si bien son muy importantes que van a la inclusión financiera e innovación, también hay que tener en cuenta que los delincuentes usan la tecnología para otros delitos de dinero y financiación del terrorismo, entonces es muy importante regularlas”.

“Otro aspecto importante es que las actuaciones realizadas por el GAFI las recomendaciones se modificaron en forma sustancial en el 2012. Tenemos que actualizar mucho las recomendaciones de estándares internacionales”, sostuvo.

Al hacer hincapié en el proyecto, el titular de la UIF afirmó que el objetivo que se tiene con dicha iniciativa “aspira a mejorar el cumplimiento técnico -la regulación de las leyes- y la efectividad del sistema contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo” que será evaluado por el GAFI. Así, recordó que la última evaluación fue en el 2010 con las recomendaciones anteriores donde “no se evaluó efectividad”.

“Tuvimos en cuenta los tratamientos de la primera evaluación de lavado de activos que se desarrolló en forma unánime con el Poder Judicial, Ministerio Público, distintas agencias del comité que encabeza el Ministerio de Justica, AFIP, Banco Central, entre otras. Argentina hizo el año pasado su primera evaluación nacional de riesgo de lavado de activos que fue de forma unánime con la metodología del GAFI. Se actualizó la evaluación nacional de riesgo de financiamiento y terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva. El país hizo una estrategia nacional para mitigar esas amenazas y vulnerabilidades con distintos objetivos que están en el proyecto de ley”.

Además, precisó que el proyecto está estructurado en cinco ejes que son modificaciones al Código Penal, reformas a la Ley 25.346, creación de un registro público centralizado de beneficiarios fiscales, Comisión Bicameral Permanente y el registro de proveedores de servicios activos virtuales.

Sobre las modificaciones al Código Penal, explicó: “Con respecto al artículo 303 se aumenta el monto de la condición objetiva de punibilidad. Antes era de 300 mil pesos y en la media sanción que se dio en Diputados se pone una fórmula automática de 150 salarios mínimos vital y móvil que serían ahora 13.198.000 pesos y se implementa una unidad de medida a los fines de su actualización periódica”.

También, incorporaron en el inciso primero el verbo “adquirir” y una modificación la pena del tipo penal atenuando multa en lugar de prisión. Sobre el artículo 306 respecto del financiamiento del terrorismo se incorporó el tema de los combatientes de terroristas extranjeros y se incluye el término “bienes u otros activos”.

Respecto de la reforma a la Ley 25.346 Otero explicó que “se incorporan definiciones relevantes para el sistema de activos y financiamiento del terrorismo”. Sobre la UIF, contó que se le dará autarquía funcional, administrativa y económica, además de la financiera; el enfoque basado en riesgo se incorporó por ley al sistema preventivo a la lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo y la misión de regulación por parte de la UIF.

Al hablar de que los sujetos obligados al sistema preventivo, tanto del sector financiero como no, “no pueden oponer secreto. Pueden colaborar en el marco de una declaración voluntaria o análogas”. También se incorporan facultades: “Con respecto a las sanciones financieras dirigidas se prevé en la ley el congelamiento administrativo de fondos u otros activos mediante resolución fundada y con comunicación inmediata al Ministerio Público”, agregó.

“Sobre las contramedidas, se ponen medidas específicas de mitigación en riesgo a las relaciones comerciales e interacciones con personas humanas y jurídicas e instituciones financieras de mayor riesgo que el GAFI va denominando”, sumó. También se incorpora un artículo que regula la correcta utilización de la información proveniente de organismos análogos extranjeros y se garantiza el secreto de identidad de sujetos reportantes de operaciones sospechosas.

Por su parte, el titular de la Comisión de Valores, Martín Breinlinger, explicó que en su área “detectamos que la publicidad engañosa y la falta de información adecuada es un problema clave para la protección de la inversión en criptoactivos, que se desarrolla principalmente sin un marco normativo específico”.

“No contamos con legislación en el país que diga que los abogados que intervienen en actividades específicas son sujetos obligados a informar a la UIF, por eso lo agregamos al proyecto conforme a lo que se exige a nivel internacional”, planteó Luciana Trincheri del Consejo Asesor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Aspectos del proyecto

El proyecto modifica el artículo 5 de la Ley 25.246, de modo de establecer que la UIF funcionará como “organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, en jurisdicción del Ministerio de Economía, con personería jurídica propia, con autonomía y autarquía funcional, administrativa, económica y financiera”.

El texto original del Poder Ejecutivo tuvo numerosos cambios. Uno de ellos fue que se modificó lo referido a la pena prevista para el lavado en el artículo 303 del Código Penal: se aumentará el monto de la condición objetiva de punibilidad de 300 mil pesos a 8.600.000 y se implementará una unidad de medida (Salario Mínimo Vital y Móvil) a los fines de su actualización periódica.

A su vez, se incorpora un nuevo tipo de penal de financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva en el artículo 306; y se agrega el artículo 4 bis a la Ley 25.246 para incorporar el concepto de operación inusual y sospechosa de conformidad con la recomendación 20 del GAFI.

Sobre la UIF, se refuerza el mecanismo de audiencia pública previo a la designación de las autoridades.

Se aclara que los abogados, quienes se suman como sujetos obligados a reportar situaciones sospechosas, no serán sujetos obligados cuando se desempeñen en actividades consistentes en asesoramiento, consultoría legal, así como también el patrocinio, representación o defensa en litigios judiciales, administrativos, arbitraje o mediación.

Se suprime el párrafo referido al secreto profesional toda vez que la aplicación de dicho apartado podía dar lugar a interpretar que toda actividad de los abogados está protegida por el secreto profesional, y ello implicaría que nunca deberían realizarse reportes de operaciones sospechosas.

Respecto a los contadores, se suprime como actividad comprendida la confección de informes de revisión limitada en estados contables.

Además, se contempla la creación de una Comisión Bicameral Permanente de Fiscalización de Sistema, Prevención, Investigación y Persecución Penal de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y Armas de Destrucción Masiva, a los fines de incorporar un control político y parlamentario.

También se prevé la creación de un Registro de Proveedores de Servicios Virtuales, a los fines de establecer que la Comisión Nacional de Valores va a ser el organismo que se va a encargar del registro, su evaluación y supervisión. Este aspecto apunta a detectar eventuales operaciones sospechosas a través de activos virtuales (criptomonedas). Entre otros puntos, se estima la creación de un Registro de Beneficiarios Finales, como registro centralizado que contenga información adecuada, precisa y actualizada de los beneficiarios finales de personas y estructuras jurídicas, cuya autoridad de aplicación será la AFIP.