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Julio Cobos impulsa modificar la Ley de Tránsito debido a “falencias que perjudican a la ciudadanía”

La ciudadanía tiene demasiadas cosas en la cabeza, muchas, un montón. A eso hay que sumarle las que derivan del trámite para renovar la licencia de conducir o actualizar datos personales. Hay una iniciativa que busca simplificar ese aspecto.

Un proyecto presentado por el mendocino Julio Cobos tiene como objetivo modificar a la Ley N° 24.449 de Tránsito, a fin de corregir inequidades y problemas que se dan en la práctica y afectan a miles de personas.

“Luego de transcurridos casi 30 años desde la sanción de la ley de Tránsito, advertimos algunas deficiencias que dificultan la aplicación y la seguridad del sistema“, explicó Cobos al portal Espacio Radical.

Uno de los puntos de la iniciativa propone aumentar el plazo de validez de las licencias de conducir de personas de hasta 65 años de 5 a 10 años para evitar que cada un lustro tengan que realizar un nuevo trámite para obtener la habilitación.

Asimismo, busca extender el plazo de vigencia de las licencias de conducir de 3 a 5 años para los mayores de 65 años y menores de 70; y para los mayores de 70 años, sería de 2 años. Además, se eliminaría la obligación de rendir el examen teórico práctico, requiriéndose sólo el psicofísico.

“Es muy importante que, en base a la experiencia acumulada todo este tiempo, actualicemos y modifiquemos esta norma”, apuntó Cobos.

Otra novedad que propone esta norma es que el Registro Nacional de las Personas (ReNaPer) sea quien informe a la Agencia Nacional de Seguridad Vial cualquier cambio en los datos de las personas del que haya sido notificado.

El sistema actual sanciona con la caducidad de la licencia cualquier cambio de datos de las personas que no fuera informado a la autoridad de aplicación, generando un gran perjuicio a miles de usuarios”, explicó el mendocino.

Además, la iniciativa propone la creación de dos nuevas categorías de licencia de conducir para vehículos de arrastre. Por un lado, la que se denominaría Clase B3, para automóviles, camionetas, vans de uso privado y casas rodantes motorizadas hasta 4.500 kilos , que incluiría las clases B.1 y B.2. Por otro lado, también se crearía la Clase B3.1 para automóviles, camionetas, vans de uso privado y casas rodantes motorizadas hasta 4.500 kilos con un acoplado de hasta 1.500 kilos o casa rodante no motorizada.

“Es necesario llenar un vacío legal de la ley vigente y su reglamentación”, concluyó Cobos.

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