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Buscarán poner en debate cómo deben ser los traspasos de gobierno

Hay varios proyectos que prevén regular la transición entre el Ejecutivo saliente y el que llega, aun cuando pueda ser del mismo signo. Ya hubo un intento que llegó a tener media sanción, mas quedó trunco. Después del 22, se intentará reflotar la discusión.

En el fragor de esta campaña, uno de los candidatos presidenciales con aspiraciones sugirió instrumentar una iniciativa para realizar exámenes psicofísicos a los candidatos presidenciales, y prestamente fue presentado un proyecto en ese sentido. Fue, está claro, una movida precisamente vinculada con la campaña, destinada a esmerilar a otro candidato; nada que sorprenda ni esté fuera de lugar.

Pero si hablamos de proyectos que atiendan la previa electoral, hay uno que llegó a avanzar en su momento, a tal punto que tuvo media sanción -con gran adhesión en el recinto-, mas no fue considerado luego en el Senado. Hablamos de la regulación de los traspasos presidenciales, un tema que en la mayoría de los países democráticos no existe, pero que aquí se ha tornado necesario por razones que son de dominio público. Entre oficialismo y oposición hay conversaciones para avanzar con el tratamiento del tema inmediatamente después de las elecciones del 22 de octubre, pero habrá que ver entonces qué disposición hay entre las partes para ponerse de acuerdo en ese tiempo.

No es un tema nuevo, como hemos dicho, pues tuvo especial atención hace siete años en Diputados, pero también fue considerado este año en el marco de una jornada de la que tomaron parte legisladores nacionales, académicos y organizaciones civiles, denominada “Hacia un régimen de transición presidencial”. Organizada por las diputadas nacionales Carla Carrizo (Evolución Radical) y Margarita Stolbizer (Encuentro Federal), se debatió ese día sobre la necesidad de regular el traspaso presidencial.

Fue el 14 de julio pasado, y ese día se analizaron diferentes procesos electorales, con el objetivo de plantear la necesidad de un marco normativo que regule de manera precisa el proceso de traspaso entre los sucesivos gobiernos democráticos y las pautas para la transmisión de los atributos presidenciales.

¿Por qué una ley? Esa es una pregunta que contesta Carla Carrizo: “En la mayoría de los países democráticos que funcionan bien no está regulado por ley porque hay buenas practicas; cuando esas prácticas no están, necesitamos la ley”, explicó a parlamentario.com.

Ella admite que “es una excepción tener una ley”, y agrega: “En las democracias que funcionan bien, las prácticas regulan los comportamientos. Y son prácticas informales. La verdad que esas prácticas no hacen falta que estén escritas, porque son usos y costumbres”. Con todo, advierte que “ayudaría muchísimo” contar con una ley “para evitar esta idea de que gobierno que llega cuenta una historia fundacional, y es la excusa para justificar mala gestión luego. Gobierno que entrega el poder, no rinde cuenta”, lamenta.

La idea base es tomar insumos de los países que tienen usos y costumbres de los cuales tenemos que aprender, no solamente de esos países que tienen regulados una ley, y en base a eso, “crear una normativa que garantice certeza y confianza, pero sobre todo que sienta la ciudadanía que el Estado le pertenece a ellos y no a la dirigencia”, plantea la legisladora por la Ciudad de Buenos Aires.

En el marco de esa jornada organizada en la Cámara de Diputados hace tres meses, la diputada Margarita Stolbizer advirtió ya entonces que “hoy vivimos en un contexto de muy baja credibilidad en la política, los niveles de desconfianza social en las instituciones son realmente muy altos y preocupantes. Entonces, el desafío de mejora de la calidad institucional es cómo hacemos efectivamente de las instituciones ese conjunto normativo que permita efectivamente mejorar la vida de la gente. Porque, en definitiva, la democracia es eso”.

En esa oportunidad la diputada de Juntos por el Cambio aclaró que la intención de quienes querían poner en discusión el tema era llevarlo al plano del debate formal dentro de la Comisión de Asuntos Constitucionales. Si bien habían sido invitados sus miembros a esa reunión, no concurrieron, pero todos admitieron las complicaciones que implican el fragor de la campaña, por lo cual se habló de tratar de avanzar con eso transcurrida la primera etapa electoral, pasadas las elecciones primarias, aunque eso tampoco sucedió entonces.

Ahora el tema vuelve a ser conversado con el oficialismo, con la esperanza de activar la discusión en comisión pasadas las elecciones de este domingo 22 de octubre. Se verá.

De ese encuentro celebrado el 14 de julio pasado participaron Gustavo Dufour, presidente de SAAP (Sociedad Argentina de Análisis Político), Consuelo Aranciaga (Directorio Legislativo), Elsa Llenderrozas (directora de la carrera de Ciencia Política de la UBA), Dolores Gandulfo (Observatorio Electoral COPPPAL), Martín D’Alessandro (profesor UBA/UTDT – IPSA), Alejandra Perícola (Observatorio Electoral Derecho UBA), Sonia Ramella (directora Ciencia Política USAL), Jesús Delgado (Transparencia Electoral), Gonzalo Arias e Iván Beletzky (Instituto Moisés Lebensohn), Lorena González Tocci y Pedro Caminos (Asociación Civil de Estudios Constitucionales), y Mauro Solano y Matías Orellano de CIPPEC.

Además de las diputadas Carrizo y Stolbizer, estuvieron sus pares Dolores Martínez Gabriela Brouwer de Koning, de Evolución Radical; la senadora por la provincia de Buenos Aires Lorena Mandagaran y la concejala Carolina Sosa, de Hurlingham.

Aprobado con amplia mayoría

Más del 70% de los legisladores presentes aprobaron una iniciativa en ese sentido el 23 de noviembre de 2016 en la Cámara de Diputados. Ese día el tablero mostró 138 votos a favor, 49 en contra y 4 abstenciones, para un proyecto destinado a establecer ciertas reglas a cumplir cuando cambia el gobierno.

Fue la misma sesión en la que fue convertido en ley el proyecto que fija la obligatoriedad de los debates preelectorales entre los candidatos presidenciales.

El proyecto sobre los traspasos aprobado ese día -que nunca fue considerado en la Cámara alta-, era impulsado por el diputado del Pro Pablo Tonelli, y establecía que la norma se aplicaría no sólo a la administración central, sino también a los organismos descentralizados y proponía establecer las bases para que el traspaso de mando entre las autoridades del Poder Ejecutivo Nacional en funciones y las de un gobierno electo se concretara “de un modo eficiente, transparente y ordenado”.

Según el texto, el período de transición se inicia el día de proclamación de la fórmula presidencial ganadora por la Asamblea legislativa, y finaliza el día de la asunción presidencial del nuevo mandatario. El presidente electo, decía el proyecto, “estará en condiciones de asumir el cargo a las 0 horas del día siguiente al de la finalización del mandato del presidente saliente, independientemente del juramento que prestará ante el Congreso Nacional”.

Se establecía que el Gabinete saliente debería entregarle al presidente electo un anteproyecto de memoria del Estado con determinados requisitos mínimos, como la nómina de autoridades y personal de cada ministerio, las contrataciones, la situación de los procesos judiciales que haya y un inventario de bienes.

Luego, la nueva administración debería elaborar un informe final de transición que deberá ser remitido al Congreso Nacional y publicado en Internet dentro de los seis meses de la asunción del nuevo gobierno.

La insistencia de Carla Carrizo

Como hemos dicho, el texto debatido entonces en el recinto de Diputados fue en base a una iniciativa del diputado Tonelli. Carla Carrizo había presentado por esos días su primer proyecto sobre el tema. Fue el 15 de noviembre de 2016, y ante la falta de tratamiento insistió en volver a presentarlo el 9 de mayo de 2019, el 9 de marzo de 2021 y el 24 de mayo del presente año. Ese es el que tiene estado parlamentario y sobre el cual se buscará trabajar.

En el mismo, la diputada de Evolución recuerda que desde 1983 en la Argentina hubo siete traspasos a gobiernos entrantes electos popular y democráticamente. La regla no escrita de la entrega de mando, sin regulaciones sobre de qué manera se inicia el proceso de transición y qué contenido debiera tener, funcionó hasta 2015.

En la entrega del poder de la presidente Cristina Fernández de Kirchner a Mauricio Macri se sucedieron diversos acontecimientos que hicieron luz sobre la fragilidad del contexto normativo que regula la transición y el traspaso presidencial. Nombramientos en el sector público, ausencia de datos de gestión, arbitrariedad y discrecionalidad en la información pública caracterizaron el último paso de mando, refiere Carrizo, que considera a la transición como el proceso de cambio de las administraciones entrantes y salientes, que se inicia con la convocatoria del Ejecutivo al acto eleccionario y culmina diez días hábiles después de la asunción del nuevo gobierno. Independientemente de que ambas administraciones sean de un mismo partido político, o que el presidente sea reelecto.

¿Quién tendría a su cargo el proceso? La Jefatura de Gabinete, que deberá el año previo a una elección presidencial incluir en la Ley de Presupuesto los recursos necesarios para llevar a cabo todo el proceso de transición y habilitar el espacio edilicio y los recursos físicos necesarios para desarrollar tales acciones.

Habría también un Comité de Transición Saliente, dirigido por el jefe de Gabinete y conformado por el presidente en funciones. Tendrían a su cargo coordinar los informes de gestión elaborados por cada ministerio y área de gobierno bajo su jurisdicción en cada unidad administrativa; capacitar y atender solicitudes de los futuros miembros del Comité Entrante; y preparar el cronograma de actividades de gestión para la transición en curso y publicarlo en el sitio web de la Jefatura de Gabinete.

Si hubiera una segunda vuelta electoral, los dos respectivos Comités de Transición Entrantes recibirán la información. El Comité de Transición entrante del presidente electo realizará el Informe final.

En caso de reelección presidencial no habrá necesidad de que conforme un Comité de Transición Entrante.

Los informes de gestión

El proyecto establece que los informes de gestión tienen carácter de declaración jurada y especificarán:

  • Nómina de empleados permanentes, transitorios y contrataciones de terceros, funciones y responsabilidades y remuneraciones.
  • Estructura, organigrama, misión, funciones y programas de cada una de las unidades administrativas del Estado Nacional.
  • Situación financiera de cada unidad administrativa y de las empresas de Estado con participación estatal mayoritaria incluyendo, en caso de que competa: préstamos financieros en gestión, solicitados, otorgados, pendientes de aprobación; endeudamiento total, especificando las obligaciones de corto plazo y contratos vigentes; deuda con los proveedores del Estado Nacional; licitaciones en proceso de adjudicación; estado de las concesiones y obras públicas en curso; disponibilidad monetaria y liquidez del Tesoro Nacional; inversiones públicas; inventario de los bienes muebles, inmuebles y recursos físicos por cada unidad administrativa; inventario de Activos Digitales internos o externos entendiéndose estos últimos como todas las aplicaciones, bases datos, sitios, cuentas, perfiles y dominios, que representan al Estado Nacional en el ámbito digital y sean propiedad del mismo.

El Comité de Transición Entrante deberá elaborar un informe final de la transición que deberá ser agregado al Discurso Inaugural del inicio de sesiones del Congreso de la Nación y publicado en la página web de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

¿Y qué pasa si no se cumple con lo que establece esta ley? Ello sería equivalente al delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Otros proyectos

Como hemos dicho, hay varios proyectos sobre este mismo tema. Durante su reducido mandato como diputado, el jujeño Gustavo Bouhid presentó una iniciativa en ese sentido, como así también la senadora nacional neuquina Lucila Crexell, y las actuales diputadas Paula Oliveto y Mercedes Joury.

El de Oliveto plantea que los funcionarios del gobierno saliente y los  representantes del gobierno electo cumplirán los pasos legales pertinentes de manera ordenada y eficaz, absteniéndose de generar acciones que obstaculicen el proceso de transición gubernamental o perturben la normalidad de la gestión de los actos de gobierno.

También establece la creación de un Equipo de Transición Republicana, que conformará el jefe de Gabinete con él mismo, el síndico General de la Nación; un grupo de representantes del gobierno saliente y otro del gobierno entrante.

Los informes de gestión tienen carácter de declaración jurada y deben contener, como mínimo, información sobre los planes, proyectos o programas correspondientes al área durante la última gestión; la situación presupuestaria y financiera, detalle de los préstamos financieros en gestión, otorgados y solicitados, nivel de endeudamiento total, especificando las obligaciones de corto plazo y el estado de deuda con los proveedores; un inventario de bienes, depósitos, disponibilidades monetarias y obligaciones exigibles; los recursos humanos distribuidos por organismos descentralizados, ministerios, secretarias y direcciones, personal de la planta permanente y transitoria u otra modalidad de contratación, detallando sus respectivas funciones.

También la situación de todos los procesos judiciales y arbitrales en los que organismos descentralizados, ministerios, secretarias y/o direcciones sean parte; un listado de todas las contrataciones públicas, licitaciones, concursos, obras públicas, adquisiciones de bienes y servicios que se encuentren en curso o pendientes, especificando características, montos y proveedores; y el estado en que se encuentran los permisos, autorizaciones y/o concesiones de servicios y obras otorgadas por el área, entre otras cosas.

Está claro que si una ley semejante fuera a ser aprobada ahora, no podría tener instrumentación para el presente. Como sea, sí podría sentar un acuerdo tácito para instrumentar lo que pueda alcanzar a hacerse, y dejar al menos la ley para el presente. Está claro -y quedado demostrado en las últimas sesiones- que cuando hay interés sí puede avanzarse hasta el recinto con rapidez. Habrá que ver si en este caso existe la disposición de las partes para poner el tema en agenda y comenzar a debatirlo.

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