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La Corte de la CABA habilitó a Jorge Macri a competir como jefe de Gobierno porteño

El máximo tribunal de la Ciudad rechazó las impugnaciones que había sobre la postulación del ministro de Gobierno porteño para ser candidato en el distrito.

El Tribunal Superior de Justicia porteño resolvió hoy rechazar las impugnaciones presentadas a la precandidatura dentro de la interna de Juntos por el Cambio (JxC) a jefe de Gobierno de Jorge Macri en una resolución que tomó la recomendación del Fiscal General de la Ciudad de Buenos Aires Juan Bautista Mahiques.

En un fallo dividido, el máximo tribunal desestimó los recursos presentados por la precandidata al Ejecutivo por el FIT Vanina Biasi y el dirigente Eugenio “Nito” Artaza, quienes apelaron la determinación del Tribunal Electoral porteño que no dio lugar a su demanda original.

Además, el precandidato a jefe de Gobierno porteño por el espacio Aptitud Renovadora, Juan Pablo Chiesa, también había presentado un recurso contra la postulación del primo del expresidente Mauricio Macri.

Las tres impugnaciones ante el Tribunal Electoral a la precandidatura en la lista Vamos por Más de Jorge Macri consideraban que el exintendente de Vicente López que no cumplía con el requisito de tener una residencia no menor a cinco años en el distrito tal como lo dispone, a su entender, el artículo 97 de la Constitución porteña.

Ese artículo dice que “para ser elegido se requiere ser argentino, nativo o por opción; tener treinta años de edad cumplidos a la fecha de la elección; ser nativo de la Ciudad o poseer una residencia habitual y permanente en ella no inferior a los cinco años anteriores a la fecha de elección”.

Jorge Macri nació en Tandil, provincia de Buenos Aires y fue intendente del partido de Vicente López desde el 12 de diciembre de 2011, reelegido en 2015 y 2019 hasta su renuncia presentada el 1 de junio de 2023.

Con matices, los jueces del TSJ Inés Weinberg, Luis Lozano, Marcela De Langhe y Santiago Otamendi objetaron el proceso elegido por Biasi y Artaza para elevar las impugnaciones directamente ante el Tribunal Electoral y no recurrir, en una primera instancia, a la Junta Electoral partidaria.

Por ello, rechazaron los recursos por “inadmisibles”, con lo que avalaron la presentación de Jorge Macri como precandidato en las elecciones primarias de Juntos por el Cambio el próximo 13 de agosto.

En el caso de Weinberg, presidenta del Tribunal, justificó el rechazo en que “los recurrentes no impugnaron la postulación ante la Junta Electoral de la alianza Juntos por el Cambio tal como lo establecen las normas” previstas a propósito de las elecciones en la Ciudad de Buenos Aires.

Por ello, consideró que “corresponde rechazar los recursos de apelación interpuestos, debiendo en última instancia el electorado tomar su decisión en las urnas”.

Lozano coincidió y sumó que “son las listas (no las personas impugnantes) las que pueden apelar la resolución de la Junta Electoral ante el Tribunal Electoral”; no obstante señaló la necesidad, a futuro, de esclarecer los alcances de la interpretación respecto del artículo 97 de la Constitución local.

“Los cinco años de residencia anteriores a la elección, a su vez, deben ser continuos. En palabras de la Constitución, los cinco años tienen que ser ´los´ anteriores a la elección”, subrayó en la argumentación de su voto en un texto que se extendió por más de once carillas, de las 29 totales, y en el que citó definiciones de la Real Academia Española.

En un voto disidente, la jueza Alicia Ruiz hizo lugar “a los recursos interpuestos” y votó por “revocar la sentencia del Tribunal Electoral y declarar que Jorge Macri no cumple con los requisitos estipulados en el artículo 97 de la Constitución local para postularse al cargo de Jefe de Gobierno”.

El miércoles, el fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires Mahiques dictaminó que sean desestimadas las impugnaciones a la precandidatura de Jorge Macri en una resolución dirigida al TSJ para que defina sobre el fondo de la controversia.

En diálogo con Télam, Biasi ratificó que “Jorge Macri fue habilitado inconstitucionalmente” y “eso está demostrado en este fallo divido del TSJ que aduce que es un problema procesal por no acudir a la Junta Electoral de Juntos por el Cambio, pero no por el contenido que tiene que ver con la interpretación constitucional”.

“Vamos a apoyarnos en que el fallo salió dividido para insistir en que la Corte Suprema nacional intervenga en el tema. Ya no pueden lavarse más las manos para salvar esta candidatura completamente irregular”, agregó.

Esta semana, la Corte Suprema de Justicia se declaró incompetente para determinar si Jorge Macri puede ser precandidato a jefe de Gobierno y dejó la resolución en manos del máximo tribunal de la ciudad de Buenos Aires.

Para evitar pronunciarse sobre las objeciones a la precandidatura, la Corte se apoyó en los argumentos esgrimidos por el procurador interino Eduardo Casal, quien había dictaminado que correspondía a la justicia porteña -y no al máximo tribunal- decidir sobre la cuestión.

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