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Con votos del PJ y la negativa de LUM y el Partido Verde, se convirtió en ley la reforma del Código Minero de Cornejo

El objetivo es agilizar la actividad y hacerla más transparente. Además, establece mayores controles ambientales y refuerza las funciones de Policía Minera. Fue aprobado por 25 votos afirmativos, por lo que fue remitido al Poder Ejecutivo para su posterior promulgación.

Durante la sesión de este martes, el Senado convirtió en ley el proyecto del Ejecutivo para actualizar el suspicaz Código de Procedimiento Minero de Mendoza. Recordemos que a principios de marzo, el Gobierno presentó en la Legislatura esta propuesta, con el objetivo central de modernizar las normativas vigentes desde 1945. De esta manera se busca agilizar la actividad y hacerla más transparente, establecer mayores controles ambientales y reforzar las funciones de la Policía Minera.

Participaron de la sesión, la ministra de Energía y Ambiente Jimena Latorre y el responsable de la Dirección de Minería, Jerónimo Shantal. El intendente del departamento de Malargüe, Celso Jaque acompañó a los funcionarios durante el tratamiento del proyecto.

Luego de escuchar las voces de cada uno de los representantes de los distintos bloques parlamentarios, se puso en consideración el despacho en mayoría, el que fue aprobado por 25 votos afirmativos y 12 negativos. Fue remitido al Poder Ejecutivo para su posterior promulgación.

Entre otros, el propósito de esta sanción es incorporar criterios de sustentabilidad ambiental y desarrollo sostenible a esta actividad que hoy cuenta con herramientas que no existían en el siglo pasado.

La reforma incluye la modernización de los procedimientos e involucrar activamente a las comunidades locales en la toma de decisiones relacionadas con el desarrollo de los recursos minerales, promoviendo la transparencia y la participación en todo el proceso.

La iniciativa abarca la minería de primera, segunda y tercera categoría (canteras) y sigue el ejemplo de los más altos estándares internacionales.

Debate

La senadora Jésica Laferte, quien lidera la comisión de Hidrocarburos, Minería y Energía, enfatizó la importancia de crear un puente entre la provincia de Mendoza y el mundo, fomentando oportunidades, inversiones y trabajo genuino. Destacó la necesidad de aprovechar el potencial minero de la región para contribuir a la transición energética global.

Por su parte, la senadora Yamel Ases, al frente de la comisión de Ambiente, resaltó los avances en el enfoque ambiental del proyecto. Señaló la inclusión de mayores controles ambientales, la obligatoriedad de presentar informes de impacto ambiental y la participación activa de las comunidades locales en la toma de decisiones.

Ambas senadoras destacaron la necesidad de modernizar un marco normativo obsoleto, vigente desde 1945, y subrayaron la importancia de garantizar la protección del medio ambiente en todas las etapas de la actividad minera. Además, resaltaron la inclusión de medidas para el cuidado del agua y el fortalecimiento de la policía minera como aspectos fundamentales del proyecto.

Luego, el senador Martín Rostand resaltó la importancia de diversificar la matriz productiva de Mendoza y potenciar el desarrollo de la industria minera, pero enfatizó la necesidad de hacerlo con transparencia y respetando los principios legales fundamentales. Además, cuestionó la falta de convocatoria a universidades y entidades gremiales empresariales en el debate sobre el proyecto, señalando posibles riesgos de discrecionalidad por parte del gobierno en la regulación del negocio minero.

Por otro lado, el senador Dugar Chappel del Partido Verde expresó preocupación por el impacto ambiental y la falta de transparencia en el proyecto. Criticó la concentración de poder en manos del gobierno provincial y la falta de participación ciudadana en la elaboración de la legislación. Propuso enmiendas al proyecto para garantizar la independencia de la autoridad minera y mejorar la transparencia en la información pública relacionada con la minería.

Aunque hubo desacuerdos sobre ciertos puntos, ambos legisladores coincidieron en la importancia de encontrar un equilibrio entre el desarrollo económico y la protección del medio ambiente en la provincia de Mendoza.

Desde el bloque Justicialista, el senador Félix González expresó que su bloque acompañará el despacho de la mayoría, reconociendo que el proyecto será aprobado. Sin embargo, planteó un despacho alternativo en minoría con tres puntos esenciales. En primer lugar, abogó por mantener la Dirección de Minería, destacando su papel en la promoción de la actividad minera en la provincia. Además, propuso que la sede principal de la Dirección sea en Malargüe, como una señal de apoyo al potencial minero de la región. Por último, cuestionó la estructura de Impulsa y llamó a una discusión seria sobre su formato y mejora institucional.

Por otro lado, el senador Gerardo Vaquer expresó su acuerdo con la modernización del Código Minero, pero anunció su voto negativo al proyecto oficialista como una señal de alerta. Asimismo, destacó la importancia de mantener licencias sociales para futuras modificaciones de leyes ambientales y advirtió sobre posibles intenciones de modificar la Ley 7722 en el futuro.

A su vez, el senador Armando Magistretti manifestó su desacuerdo con la figura de la autoridad minera propuesta en el proyecto, la eliminación de la Ley 3790 que crea la Dirección de Minería, y la participación de una empresa en el sector sin claridad sobre su naturaleza estatal o privada. En este sentido subrayó la necesidad de generar confiabilidad tanto para los ciudadanos mendocinos como para los inversores, para evitar pasivos políticos y sociales como los dejados por gobiernos anteriores.

El senador Martín Kerchner Tomba expresó su preocupación por la falta de avances en la legislación minera, destacando la necesidad de dar pasos concretos hacia una minería sustentable. Señaló que, aunque todos están de acuerdo en teoría, al momento de votar surgen dudas y resistencias. Por ello destacó la importancia de modernizar un código arcaico que lleva 79 años vigente y enfatizó la necesidad de incorporar conceptos como la protección ambiental.

Por otro lado, el senador Germán Vicchi, líder del bloque de la Unión Mendocina, cuestionó la propuesta de crear la empresa estatal Impulsa y criticó la gestión de empresas públicas como EMESA. En este punto enfatizó la importancia de la transparencia y la competencia en el sector minero y expresó su desconfianza hacia las intenciones del gobierno. Por todo esto fue que informó que desde su espacio elaboraron un proyecto alternativo.

La sesión culminó con las palabras de la jefa del bloque oficialista Natacha Eisenchlas, quien resaltó la importancia de modernizar el Código Minero para poner a Mendoza en sintonía con las principales fuentes de crecimiento y empleo a nivel mundial. En su discurso, hizo hincapié en la necesidad de un enfoque sostenible, responsable y con participación ciudadana en la actividad minera.

Asimismo, la legisladora hizo referencia al potencial minero de Mendoza, especialmente en la zona de Malargüe, donde destacó la existencia de una licencia social para el desarrollo de la minería. Subrayó la importancia estratégica de la minería en el contexto global, mencionando la creciente demanda de minerales como el cobre y el litio en la transición hacia la electromovilidad y la energía renovable.

Fortalecimiento de Policía Minera

De acuerdo al texto de esa normativa, la Autoridad Minera ejercerá el poder de Policía Minera con inspectores que tendrán mayores funciones y facultades que en la actualidad.

Podrán vigilar los trabajos subterráneos y superficiales y los elementos, equipos, maquinarias y plantas, hacer cumplir las normas ambientales, de salud, seguridad e higiene de las labores, controlar el transporte de minerales, comprobar que los trabajos que se realicen y certificar los datos que coincidan con las Declaraciones Juradas de Producción y realizar actas e imponer las sanciones.

Estos inspectores tendrán libre acceso a todos los trabajos, laboreos mineros e instalaciones que tengan por objeto la exploración, explotación y beneficio de sustancias minerales y pétreas.

Consejo de Minería

Una de las modificaciones realizadas al proyecto original, tiene que ver con la incorporación del Consejo de Minería como autoridad minera de la provincia “en segunda instancia” y como órgano consultivo. Tanto el Consejo como la Dirección de Minería, estarán bajo la órbita del Ministerio de Energía y Ambiente.

Específicamente, en su artículo segundo, la pieza legislativa establece que “la Autoridad Minera de la provincia de Mendoza, es ejercida en primera instancia por la Dirección de Minería de la Provincia y en segunda instancia por el Consejo de Minería, ambos bajo la tutela del Ministerio de Energía y Ambiente o el que en el futuro lo reemplace”.

El Director de Minería atenderá y resolverá sobre los asuntos, peticiones y cuestiones que versen sobre los derechos mineros en todo el territorio provincial, y dictará las resoluciones definitivas que conceden, deniegan o declaran caducos los derechos mineros de acuerdo con lo dispuesto por el Código de Minería y la presente Ley, sin perjuicio de las restantes competencias, misiones y funciones, de conformidad a la Ley Orgánicas de Ministerios.

En tanto, el Consejo de Minería atenderá en la instancia recursiva contra las resoluciones apelables y que causen gravamen irreparable emanadas de la Dirección de Minería. Además, tendrá funciones de órgano consultivo cuando la Dirección lo requiera. El Poder Ejecutivo entenderá solo contra las resoluciones del Consejo de Minería.

Este Consejo estará integrado por un Consejero titular y uno suplente, ambos con título de abogado; otro titular y un suplente con el título de ingeniero en minas, geólogo, o ingeniero especializado con experiencia acreditada en minería o profesional con título de grado, que acredite experiencia por 5 años en materia minera; y un Consejero titular y un suplente representando a las cámaras empresarias y otras entidades afines a la minería en la Provincia, priorizando aquellas de mayor representatividad dentro del sector minero provincial. Estos últimos representantes serán seleccionados a partir de ternas propuestas por las cámaras o entidades afines que cuenten con la debida personería jurídica y sean suficientemente representativas de la actividad.

Los miembros de Consejo de Minería no cobrarán remuneración por sus tareas.

Impulsa Mendoza

Por otra parte, en su artículo 39°, la sanción estipula que “toda resolución firme que disponga la liberación de áreas registradas, ocupadas por derechos mineros, deberá ser publicada de oficio en extracto por la Autoridad Minera, por dos (2) días en el Boletín Oficial. De las publicaciones se dejará constancia en los expedientes respectivos.

Las zonas ocupadas solo quedarán disponibles para la petición de terceros, después de transcurridos diez (10) días de la fecha de publicación.

En todos los casos de caducidad o revocación de permisos de exploración o declaración de minas vacantes, por cualquiera de las causales previstas en esta Ley o el Código de Minería, previo a la publicación ordenada en el párrafo anterior, y de los artículos 71 y 131 del presente Código, deberá notificarse a la empresa minera Impulsa Mendoza Sostenible S.A. o empresa del sector público provincial que la reemplace y siempre que detente un porcentaje igual o mayor al 51% de las acciones el Estado Provincial, con facultades y atribuciones en la materia, para que en el plazo de treinta (30) días hábiles exprese su decisión o no de declarar las áreas como de Investigación Geológica Minera en el marco de lo dispuesto por el Título XXI del Código de Minería, o bien solicitar las áreas de acuerdo al Código de Minería.

En el caso de optar por áreas de exploración cuyo derecho haya sido declarado caduco, la graficación provisoria en el Catastro Minero del pedido de Impulsa Mendoza Sostenible S.A. -o empresa del sector público provincial que la reemplace-, y el borrado del anterior derecho, se realizarán de manera simultánea”.

En el caso de que Impulsa Mendoza Sostenible S.A. “ejerciere el derecho de preferencia mencionado en los párrafos anteriores y no declarara las áreas a lo dispuesto por el Título XXI del Código Minero, deberá cumplir con los requisitos establecidos en la presente ley y en el Código Minero, y convocar, en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días, a un concurso público en el que toda   persona humana o jurídica tenga la posibilidad de presentar una oferta que deberá contener como mínimo, sus antecedentes, un programa de trabajo y un compromiso de inversión ; no pudiendo Impulsa Mendoza Sostenible S.A. -o la empresa del sector público provincial que la reemplace-, participar en porcentaje societario o asociativo de ningún tipo”. Y en el caso de que Impulsa “no ejerciese el derecho de preferencia o expresamente manifestara a la Autoridad Minera que no ejercerá dicho derecho, o quedara el desierto el Concurso Público mencionado en el párrafo anterior, se publicará en el Boletín Oficial dicha circunstancia y el derecho quedará a disposición de cualquier persona interesada, pasados diez (10) días hábiles de aquella publicación”

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