Christian Sanz

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Mendoza le regaló a Vila una excepción para construir donde no puede hacerlo

El obsequio va contra las “Pautas de Manejo y Disposiciones específicas para la planificación integrada y sostenible de la Precordillera y Piedemonte del Área Metropolitana de Mendoza”.

Desde el Concejo Deliberante de la Ciudad de Mendoza, ediles del oficialismo le regalaron a Daniel Vila la posibilidad de construir un ostentoso edificio en una zona en la cual no debería poder hacerlo, ya que viola la norma que así lo regula.

Principalmente una: la Ley 9.414, más conocida como “Pautas de Manejo y Disposiciones específicas para la planificación integrada y sostenible de la Precordillera y Piedemonte del Área Metropolitana de Mendoza”.

El anteproyecto es el EE 22349-2022, promovido por la firma Dalvian S.A, y se ubica en la 10ma Sección Los Cerros de la capital, “dentro de una zona de fragilidad ambiental que no se encuentra regulada en su totalidad, siendo necesario hacer un análisis integral de la propuesta para fijar pautas y lineamientos específicos que garanticen el desarrollo sustentable y controlado del espacio pedemontano”, según el documento de marras. Allí mismo se advierte que el presente proyecto se desarrollaría dentro de las siguientes áreas:

B.1.Sub – Área NO urbanizable / NO ocupable.

B.2.Sub-Área NO urbanizable/ Sólo ocupable por actividades restringidas y complementarias.

B.3.Sub-Área urbanizable/ ocupable con restricciones

Quien guarde alguna duda, solo debe ver el siguiente gráfico, parte del anexo de la referida Ley 9414, que busca que el Piedemonte sea principalmente preservado en su estado natural, y excepcionalmente sea alterado con fines urbanísticos, y solo en áreas determinadas (B3 y B4).

No es la única irregularidad: según expertos consultados por Diario Mendoza Today, se crea una autoridad de aplicación que en este caso puntual está siendo ignorada por completo, “ya sea porque la actualización normativa de los usos de suelo no está siendo consensuada con dicha autoridad, ya sea porque tampoco se ha exigido el Apto Técnico de dicha autoridad, previó a tratar el proyecto inmobiliario cuyos lineamientos urbanos se pretenden aprobar en la sesión”.

Y hay más. el expediente contempla indicadores urbanos que constituyen una excepción a la regulación actual del Código Urbano y de Edificación, con alturas máximas que superan las alturas de zonas aledañas.

Como sabía decir la propagando de una conocida tarjeta de crédito, “pertenecer tiene sus privilegios”. Está claro que Vila “pertenece”.

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