Luis RossiPortada

Sospechas y cuestionamientos a la “caja” de jubilaciones de la Salud en Mendoza

En la provincia de Mendoza los profesionales de la salud se ven obligados por ley a efectuar sus aportes jubilatorios a la Caja de Previsión para Profesionales del Arte de Curar de Mendoza.

La mencionada ley es la 6728, que fue sancionada el 21 de diciembre de 1999 y en ella se da curso a la creación de la Caja de Previsión para Profesionales del Arte de Curar de Mendoza. “La característica particular de este sistema es que se sustenta con los aportes de sus afiliados quienes además administran dichos aportes sobre la base del principio de solidaridad con equidad, sin recibir fondos por parte del Estado Nacional, Provincial o Municipal”, según reza en la página web de la institución.

Las autoridades de dicha Caja son electas en asambleas de socios y en ella están representadas todas -o casi todas- las entidades y asociaciones de profesionales de la salud de la Provincia.

Hasta acá todo bien. Pero, a poco de su creación, comenzaron los problemas, más precisamente las luchas internas entre diferentes sectores con notables diferencias ideológicas y de intereses que entraron en puja por los espacios de poder y el manejo de la Caja. Lo que debía ser un espacio participativo y pluralista se transformó de a poco en el botín de solo algunos grupos con más posibilidades de acceso a los cargos directivos acallando la voz de otros muchos afiliados mediante la realización de las conocidas “asambleas de socios”.

A poco de surgida, se hicieron una serie de inversiones de dudosa finalidad que empezaron a sembrar muchas incertidumbres entre los socios. Por ejemplo, se instaló una emisora de radio en frecuencia modulada la que luego de un tiempo y de un estrepitoso fracaso fue adquirida por uno de los multimedios mendocinos. Los que nos movemos en el ambiente periodístico sabemos de la abultada erogación que se necesita realizar para equipar y poner al aire una emisora de radio y lo que representa el gasto corriente para mantenerla en funcionamiento.

Además de ello, según pudo saber Diario Mendoza Today, adquirieron dos valiosísimos inmuebles en pleno centro mendocino para que allí funcionen sus oficinas y hasta se creó una agencia o departamento de turismo. Nadie puede poner en duda algunos beneficios que ello puede representar para los socios pero, ¿está dentro de las funciones primordiales de la entidad para beneficio de sus afiliados?

Una de las principales tareas de la Caja es lograr una capitalización para hacer frente a las jubilaciones venideras de los profesionales y según lo que consta en sus propias publicaciones: “Actualmente la Caja de Previsión para Profesionales de la Salud de Mendoza demuestra un “estado de salud excelente”. Esto ha sido logrado en beneficio, tanto del presente como del futuro de sus afiliados, y gracias a una estudiada y profesional estrategia de inversiones financieras de sus fondos. En otras palabras, si hoy la Caja de la Salud de Mendoza dejara de percibir ingresos podría, por ejemplo, seguir atendiendo a sus responsabilidades con los actuales jubilados durante unos 50 años. Esto confirma el compromiso de que “la Caja paga sí o sí”.

Pero como dice el antiguo refrán “no todo lo que brilla es oro”. Y aquí comienza el descontento generalizado que se observa en los profesionales de la salud.

Como se sabe, todo prestador de la salud que se desenvuelve en el ámbito privado, está obligado a estar empadronado en el Monotributo (que es un régimen simplificado de impuestos entre los que se incluye el aporte jubilatorio) o bien como Responsable Inscripto. Si tomamos la “categoría I” de acuerdo a la última escala establecida en este régimen simplificado, se puede ver que un profesional incluido en esa categoría tiene permitido facturar hasta $2.910.000 anuales, es decir hasta $242.500 mensuales, lo que representa un sueldo para nada despreciable en las circunstancias económicas actuales. Ahora bien, si el profesional debiera pagar su aporte jubilatorio en el Monotributo, debería tributar por ese concepto (SIPA) el importe de $2.162,29 y con 30 años de aportes accedería a una jubilación de al menos $23.064,70 según lo establecido por el Gobierno Nacional en el mes de Junio pasado.

Veamos ahora qué sucede con los aportes a la Caja de la Salud de Mendoza.

Cabe en primer lugar aclarar que los profesionales realizan aportes de acuerdo a su antigüedad en la actividad desde el momento en que obtienen la matrícula que los habilita a ejercer, tomando como base la fecha de su creación en el año 2000. Así las cosas, un profesional con más de 15 años de actividad corresponde a la escala identificada como “C” y el aporte monetario que efectúa es de $6390 mensuales. Una vez que este profesional cumple los requisitos de 30 años de aporte y la edad exigida para acceder al beneficio jubilatorio, lo hace percibiendo un haber de $25.875, o sea, apenas $2810,30 más que la jubilación mínima establecida por las autoridades nacionales. Es decir, tributa $4227,71 más por mes que el monotributista para cobrar casi el mismo monto de jubilación.

Efectuando una simple observación se puede apreciar que los números no se encuentran en una correlación lógica entre ambos aportes y los respectivos montos jubilatorios. Hay un desfasaje bastante interesante y eso lleva a que una gran mayoría de los profesionales de la salud se pregunten, ya desde hace tiempo, a qué se deben esas importantes diferencias que existen entre los montos de las cuotas entre la Caja y el Estado para acceder luego a una jubilación con una diferencia mínima.

Sería importante que las autoridades de la Caja de la Salud explicaran con detalle a sus afiliados —y por qué no a la sociedad y a las autoridades correspondientes también—, sobre los aspectos detallados en esta nota para llevar claridad y tranquilidad a los contribuyentes cautivos de este sistema aprobado por ley.

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