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La Fiscalía de Estado dictaminó en contra de la deuda y el roll over, y el Gobierno de Mendoza va a la Suprema Corte

El titular del organismo de control, Fernando Simón, sostuvo que para refinanciar los vencimientos de 2023 hace falta una ley aprobada por dos tercios de los votos presentes en ambas cámaras. El Gobierno buscaba una interpretación de un artículo de la Ley de Administración Financiera que evitara el trámite legislativo.

Esta semana, la Fiscalía de Estado elaboró un dictamen en contra de la deuda y el roll over que venía impulsando el gobierno de Mendoza.

En un extenso documento de 65 páginas, firmado por el fiscal Fernando Simón y publicado por diario Los Andes, se concluye que “este organismo de control entiende que la emisión de títulos públicos propuesta en el proyecto de Decreto no constituye, en su acepción estricta ni aún en su acepción más amplia, ya sea interpretada de manera literal, sistémica o finalista, una ‘reestructuración’ de la deuda pública provincial, no encontrándose por tanto encuadrada en la autorización permanente otorgada por el art. 68 de la Ley de Administración Financiera N° 8.706 para concretar operaciones de crédito público”.

En tal sentido, el fiscal de Estado entiende que “para realizar esta operatoria el Poder Ejecutivo requiere la previa autorización dada por Ley sancionada por la Honorable Legislatura con el voto de dos tercios de los miembros presentes de cada Cámara”.

El dictamen choca de frente contra las pretensiones del Ejecutivo local, que el año que viene debe que enfrentar vencimientos por 120 millones de dólares.

Ese monto es el total de los vencimientos. Sin embargo, en el dictamen de Fiscalía de Estado se cita el artículo 1 del proyecto de decreto sobre el que se dictaminó. La intención del Gobierno, al menos en una primera etapa era rolear otra cifra: “el proyecto de Decreto obrante establece en su art. 1°: “disponer la emisión de Títulos Públicos en moneda local por hasta la suma equivalente de USD 81.500.000 y con un plazo mínimo de vencimiento de 18 meses en el marco de lo dispuesto por el Artículo 68 y cc. de la Ley N° 8.706″

En la publicación del 21 de agosto, se consignaba que si alguno de los dictámenes resultaba negativo, “es un hecho que Suarez enviará una Acción Declarativa de Certeza a la Suprema Corte de Justicia”.

No obstante, fuentes del Gobierno señalaron a Los Andes que el dictamen “no es vinculante” y ratificaban el camino hacia la Justicia, en busca de una decisión de la Corte. Tras la modificación del funcionamiento del Máximo tribunal, (sancionada en Legislatura el 18 de octubre), este tipo de expedientes debe resolverse en fallo plenario, es decir, de los siete miembros.

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