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¿Conflicto de intereses en la Secretaría de Energía de la Nación?

Dentro de su informe sobre estímulos a la producción de gas, la Auditoría General de la Nación evaluó si los funcionarios actuantes incumplieron con la Ley de Ética Pública.

La Auditoría General de la Nación (AGN) evaluó, en un informe sobre estímulos a la producción de gas hasta el año 2018, el desempeño de los funcionarios a cargo de la Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Economía. El análisis estuvo centrado sobre todo en relación a posibles conflictos de intereses e incompatibilidades con el ejercicio de la función pública previstas en la ley 25.188.

Al organismo de control le despertó “cierta incertidumbre” la posible existencia de conflictos de interés y cumplimiento del deber de prudencia de los funcionarios actuantes de la Secretaría respecto a la toma de decisiones en el Plan Gas III, así como el procedimiento de cancelación de deudas decidido por Resolución.

El informe explica que la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública establece el deber de abstención, como solución ante conflictos de interés de los funcionarios públicos, y agrega que este deber se extiende a cuestiones relacionadas con las personas o asuntos a los cuales los funcionarios estuvieron involucrados en los últimos tres años o tengan participación societaria.

También está el denominado deber de prudencia que implica que el ejercicio de la función pública debe inspirar confianza en la comunidad y evitar acciones que pudieran poner en riesgo el patrimonio del Estado. En el caso puntual de lo analizado, “el extitular de la cartera renunció a sus funciones en la empresa Shell CAPSA con carácter previo a asumir el cargo, cumpliendo de este modo con el requisito previsto en la Ley 25.188”, asegura el informe de AGN.

Mediante un decreto, el Ejecutivo aceptó la excusación presentada y encomendó la gestión de las cuestiones particularmente relacionadas con la empresa Shell al entonces Ministerio de la Producción.

 

Empresa con beneficios

La AGN halló que en uno de los programas de estímulo resultó beneficiada la empresa Shell CAPSA y éste fue creado por una resolución suscripta por el entonces titular del Ministerio de Energía y Minería. “Si bien no se encuentra prevista la participación de éste en ninguna de las instancias del Programa (inscripciones y pagos), el rol de Autoridad de Aplicación recayó en la entonces Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos, dependencia que funcionó durante toda la vigencia del programa bajo la órbita del citado Ministerio”.

Para la Auditoría General de la Nación, el Programa III se desarrolló íntegramente a partir de una relación de jerarquía del exministro hacia las áreas con poder de decisión sobre la actuación de las empresas con las que el ex funcionario tuvo relación.

Durante 2018 se verificó la intervención del exministro de Energía en la firma de la Resolución que determinó un procedimiento de valuación y cancelación de saldos pendientes de pago para distintas empresas en el marco de los planes gas I, II y III. “Dentro del mencionado grupo de empresas se encuentra Shell, sobre la cual mediante Decreto 1006/16 se había aprobado su solicitud de excusación mientras durase su mandato, en toda actuación particularmente relacionada con la empresa”, indica el informe.

Para la AGN, dado que la mencionada resolución abarca a un grupo de empresas del sector, pero es de aplicación individual y con impacto patrimonial para cada una de ellas, “no resulta del todo concluyente que no correspondiera la excusación”.

“Desde una perspectiva de interpretación sistemática y teleológica de las normas que conforman las nociones de ética pública y conflictos de interés, la simple excusación aceptada por el Poder Ejecutivo no contribuyó a disipar íntegramente cualquier incertidumbre en torno a los conceptos de prudencia, integridad y actuación virtuosa de los funcionarios públicos”, concluyó el organismo de control.

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