Vitivinicultura

COVIAR ganó en la Justicia: vuelven los aportes obligatorios al Plan Estratégico Vitivinícola

La Justicia Federal suspendió la Resolución 55/2026 de la Secretaría de Agricultura y restableció el financiamiento del PEVI. El fallo ratifica que una ley no puede modificarse mediante una resolución ministerial.

La Corporación Vitivinícola Argentina (COVIAR) obtuvo un fallo favorable de la Justicia Federal: el tribunal aceptó la medida cautelar presentada por la entidad y suspendió la Resolución 55/2026, que había eliminado los aportes obligatorios al Plan Estratégico Vitivinícola (PEVI).

La decisión judicial tiene efecto inmediato. Mientras continúe el trámite del amparo iniciado por COVIAR contra la Secretaría de Agricultura, vuelve a regir la Ley 25.849, la norma que dio origen a la corporación y que establece el funcionamiento del PEVI.

Qué dice el fallo judicial

El juez federal aceptó el planteo de COVIAR, que cuestionó la legalidad de la Resolución 55/2026 por considerar que el Poder Ejecutivo no puede modificar una ley nacional mediante una simple resolución ministerial.

Aunque el amparo todavía no tiene sentencia definitiva, la cautelar otorgada suspende todos los efectos de la resolución nacional hasta que la Justicia se expida en forma final.

Quiénes deben pagar los aportes obligatorios

Los aportes al Plan Estratégico Vitivinícola recaen sobre el sector industrial de la cadena vitivinícola. Están obligados a contribuir:

-Bodegas elaboradoras de vino

-Establecimientos fabricantes de mosto

-Exportadores de pasas

Con la Resolución 55/2026 suspendida, estos actores vuelven a estar alcanzados por las obligaciones previstas en la Ley 25.849.

El rol del INV en el control de los aportes

El fallo también ordenó al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) que continúe aportando la información estadística necesaria para calcular la contribución de cada establecimiento.

Además, el INV deberá volver a aplicar las sanciones previstas por la ley para quienes no cumplan. Esto incluye la posibilidad de paralizar los establecimientos que no realicen los aportes obligatorios, tal como establecía el régimen vigente antes de la entrada en vigor de la Resolución 55.

La disputa legal de la COVIAR continúa

La cautelar obtenida por COVIAR es una victoria parcial. La Resolución 55/2026 permanecerá suspendida mientras siga el trámite judicial, pero el fondo de la cuestión -si la medida del Ejecutivo fue o no constitucional- se resolverá con la sentencia definitiva del amparo.

Lo que la Justicia Federal ya dejó en claro es que el Gobierno nacional no puede modificar una ley mediante una resolución ministerial. COVIAR y el sector vitivinícola mendocino esperan ahora que ese criterio se confirme en el fallo final.

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