Giro en la causa del Cristo Orante: la Suprema Corte anuló el sobreseimiento de los monjes acusados
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza anuló por unanimidad el sobreseimiento de los monjes Diego Roque Moreno y Jorge Oscar Portillo, quienes enfrentaron denuncias por presuntos abusos sexuales en el Monasterio Cristo Orante de Tupungato. Los magistrados Mario Adaro y José Valerio hicieron lugar a los recursos del Ministerio Público Fiscal y de la …
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza anuló por unanimidad el sobreseimiento de los monjes Diego Roque Moreno y Jorge Oscar Portillo, quienes enfrentaron denuncias por presuntos abusos sexuales en el Monasterio Cristo Orante de Tupungato.
Los magistrados Mario Adaro y José Valerio hicieron lugar a los recursos del Ministerio Público Fiscal y de la querella, tras considerar que la resolución previa careció de un análisis adecuado. El caso nació a partir del relato de un ex aspirante, quien aseguró que sufrió vejámenes y manipulación psicológica entre los años 2009 y 2015 dentro de la institución religiosa.
En los fundamentos del fallo, los jueces del máximo tribunal señalaron que la decisión de primera instancia se basó en una valoración incorrecta de las pruebas recolectadas durante la instrucción. Los ministros de la Corte indicaron que existieron elementos de convicción suficientes y una probabilidad positiva de responsabilidad que justificaron, desde un inicio, la realización de un debate oral y público. Asimismo, criticaron que se ignoraran informes psicológicos y testimonios de profesionales que resultaron clave para comprender la dimensión de los hechos denunciados por la víctima.
El tribunal superior cuestionó con dureza el uso de estereotipos al interpretar el silencio del denunciante como un supuesto consentimiento válido en el contexto del monasterio. Así, los magistrados sostuvieron que el fallo anulado realizó una lectura sesgada de la evidencia y no consideró las pericias técnicas que advirtieron sobre el daño sufrido por el joven.
Para la Corte, el análisis jurídico previo resultó insuficiente al no profundizar en los indicadores de trauma y en la persistencia del relato del ex novicio a lo largo del tiempo.
Un punto central de la nueva resolución radicó en el reconocimiento de la asimetría de poder que rigió el vínculo entre los monjes y el denunciante dentro del ámbito eclesiástico, por lo que el tribunal destacó que esta relación desigual pudo condicionar severamente la voluntad del joven, situación que no recibió el tratamiento específico correspondiente en el dictamen de 2022.
La Corte enfatizó que, en contextos de jerarquía religiosa y dependencia espiritual, el consentimiento no puede evaluarse bajo parámetros simplistas, sino que requiere una mirada integral sobre la libertad de la persona.
Tras esta determinación, la causa regresó a sus etapas previas para que se resuelva la elevación a juicio oral o se dicte una resolución acorde a los nuevos criterios fijados por el máximo tribunal.
Si bien la medida no implica una condena definitiva para Moreno y Portillo, sí estableció que el proceso no debe cerrarse prematuramente dadas las pruebas existentes. De este modo, la Justicia del Valle de Uco deberá retomar las actuaciones para garantizar que el caso llegue a una instancia de debate donde se ventilen los hechos ocurridos en el Cristo Orante.


