Buscan limitar a asociaciones civiles, fundaciones y cooperativas para brindar seguridad privada en Mendoza
La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) del Senado de Mendoza, presidida por el senador Walther Marcolini, analizó un polémico proyecto que modifica la Ley Nº 6441 de 1997, referente a la regulación de la actividad de seguridad y vigilancia privada en la provincia. Esta propuesta, remitida por el Poder Ejecutivo, es parte de …
La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) del Senado de Mendoza, presidida por el senador Walther Marcolini, analizó un polémico proyecto que modifica la Ley Nº 6441 de 1997, referente a la regulación de la actividad de seguridad y vigilancia privada en la provincia. Esta propuesta, remitida por el Poder Ejecutivo, es parte de un paquete de leyes de seguridad que busca “actualizar la normativa vigente y adaptarla a los avances tecnológicos y cambios en la realidad social y laboral”.
Durante la reunión, los legisladores recibieron a Carlos Magnani, director de Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad; Adrián Méndez, director del Registro Provincial de Armas y Registro de Empresas Privadas de Vigilancia (REPAR-REPRIV); e Ignacio Gandolfo, del Departamento de Asesoría de la Dirección REPAR-REPRIV. Los funcionarios explicaron la necesidad de la reforma, resaltando que la legislación vigente, que data de 1997, no contempla los avances tecnológicos ni los cambios en el ámbito comercial y laboral que afectan a este sector.
Asimismo detallaron que, cuando la ley 6441 fue aprobada, se regulaban solo 20 empresas y aproximadamente 400 vigiladores. Hoy, la realidad es muy diferente, ya que actualmente operan 175 empresas y 9.890 vigiladores. Además, el avance de la tecnología ha transformado significativamente la manera en que las empresas de seguridad privada desarrollan sus actividades. “La ley original solo contemplaba la figura del vigilador físico. Ahora, es necesario regular también a las empresas que se valen de tecnologías para brindar seguridad”, señalaron los funcionarios.
El objetivo del nuevo proyecto es asegurar que todas las personas y empresas que participen en actividades vinculadas a la seguridad, ya sea física o tecnológica, estén regidas por esta normativa. Los cambios propuestos incorporan la regulación de la seguridad interna de las empresas, es decir, la que estas realizan a través de su propio personal, algo que no estaba contemplado en la ley anterior.
Los funcionarios también destacaron la importancia de contar con un control riguroso sobre quienes desempeñan tareas de seguridad, ya que manejan información sensible. Advirtieron que en numerosas inspecciones detectaron casos de personas que trabajaban de forma clandestina y sin autorización del Registro Provincial de Empresas Privadas de Seguridad (REPRIP). En varios casos, estos individuos tenían antecedentes judiciales graves, incluso pedidos de captura.
Otro de los aspectos que busca abordar la nueva ley es la creación de protocolos de seguridad para distintos eventos, desde ligas deportivas locales hasta servicios en supermercados, donde, según los funcionarios, se ha detectado que algunos vigiladores también cumplen funciones de reposición, lo que afecta la correcta prestación del servicio.
Además de proteger a los ciudadanos y aumentar la eficiencia del sector, el proyecto beneficiará tanto a los vigiladores como a los empresarios. Para estos últimos, la ley ofrecerá herramientas claras y protocolos establecidos que facilitarán la organización de sus servicios. Se buscará que los contratos no se basen únicamente en costos, sino en estándares de eficiencia y calidad, algo que hasta ahora ha sido un desafío en la competencia dentro del sector.
Finalmente, los funcionarios subrayaron que la ley permitirá una integración más efectiva entre la seguridad privada y la pública, lo que redundará en un mejor servicio para los mendocinos.
Tras las palabras vertidas por los funcionarios del área de Seguridad, la senadora Adriana Cano solicitó que se invite a la próxima reunión de la comisión a representantes de la Cooperativa de vigilancia y seguridad privada, con el fin de conocer su opinión respecto al proyecto en cuestión. El presidente de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) informó que se gestionará la invitación y que el proyecto seguirá en estudio.
Actualización y uniformidad en la seguridad privada
El proyecto establece que «toda prestación de servicios y actividad de seguridad privada humana, interna y tecnológica en el ámbito de la Provincia de Mendoza se regirá por las disposiciones de la presente ley». Esta normativa será de aplicación obligatoria para todas las empresas de seguridad privada que operen en la provincia, incluyendo aquellas que actúen como filiales de agencias habilitadas en otras jurisdicciones.
Según la fundamentación del proyecto, el crecimiento de la actividad de seguridad privada responde a cambios en la dinámica social, avances tecnológicos y economías en desarrollo. Sin embargo, este crecimiento no ha sido acompañado por una ampliación en el control y supervisión por parte de la Autoridad de Aplicación. La normativa propuesta busca subsanar estas deficiencias, promoviendo un concepto de seguridad integral que abarque tanto la seguridad pública como la privada, en sus dimensiones humanas y tecnológicas.
Entre los principales cambios propuestos, se destaca la creación del «Registro Provincial de Prestadores de Seguridad Privada Humana, Interna y Tecnológica», que dependerá del Ministerio de Seguridad y Justicia. Este registro tendrá a su cargo la autorización y fiscalización de los servicios de seguridad privada, la coordinación de inspecciones conjuntas con otros organismos como la AFIP, ATM y la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, así como la elaboración de protocolos-guía para la ciudadanía sobre el uso de estos servicios.
Capacitación y control
Uno de los puntos clave del proyecto es la regulación de la capacitación para las personas que desempeñen actividades de seguridad privada. Además, la normativa autoriza y reglamenta el uso de armas disuasivas y medios no letales en el ejercicio de estas actividades.
El texto también especifica los tipos de servicios alcanzados por la normativa, dividiéndolos en tres grandes categorías: Seguridad Privada Humana (que incluye vigilancia, custodias personales y de mercaderías, entre otros); Seguridad Privada Interna (personal de seguridad en relación de dependencia directa); y Seguridad Privada Tecnológica (instalación y monitoreo de sistemas de alarmas y videovigilancia).
Prohibiciones y responsabilidades
La normativa establece una serie de prohibiciones, determinando que ciertas entidades, como asociaciones civiles, fundaciones y cooperativas, no podrán ser prestadoras de servicios de seguridad privada, salvo excepciones. Asimismo, dispone que las habilitaciones para las empresas del sector se renovarán anualmente entre enero y marzo, y regula la responsabilidad solidaria de quienes contraten servicios de seguridad no habilitados.
La legislación aprobada incluye un régimen de infracciones y sanciones que varían desde apercibimientos formales hasta multas e inhabilitaciones, dependiendo de la gravedad de la infracción. Además, incorpora a los prestadores de seguridad privada al sistema provincial de seguridad pública, modificando la Ley Nº 6721, y establece la derogación de la Ley Nº 6441 y su decreto reglamentario.
Este despacho es un paso clave para la modernización de la normativa en materia de seguridad privada en Mendoza, asegurando un marco regulatorio más acorde con las exigencias actuales.


