Revés para los ambientalistas: la Justicia mendocina ratificó la vigencia de PSJ Cobre Mendocino

La disputa por la minería en Mendoza sumó un capítulo clave en los tribunales. En un fallo que garantiza la continuidad del proyecto PSJ Cobre Mendocino (ex minera San Jorge), la Quinta Cámara de Apelaciones en lo Civil rechazó los recursos interpuestos por organizaciones ambientalistas y comunidades indígenas que pretendían suspender las actividades en la …

La disputa por la minería en Mendoza sumó un capítulo clave en los tribunales. En un fallo que garantiza la continuidad del proyecto PSJ Cobre Mendocino (ex minera San Jorge), la Quinta Cámara de Apelaciones en lo Civil rechazó los recursos interpuestos por organizaciones ambientalistas y comunidades indígenas que pretendían suspender las actividades en la zona de Uspallata.

La decisión judicial confirma el rechazo de las medidas cautelares que buscaban anular la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), ratificada por la Ley 9.684. Los demandantes, entre los que se encuentran la Fundación Cullunche, la FARN y la Comunidad Huarpe Guaytamari, sostenían que el proyecto ponía en riesgo el acceso al agua y el entorno saludable de la región. Sin embargo, los magistrados fueron tajantes: no se probó una ilegalidad manifiesta ni un peligro que justifique frenar las tareas en esta instancia.

Los tres ejes del fallo sobre PSJ Cobre Mendocino

A través de dos resoluciones notificadas este viernes, el tribunal de alzada desarticuló la estrategia de las asambleas antimineras basándose en tres argumentos centrales:

Sin peligro inminente: La Justicia entendió que no existe un riesgo de daño ambiental irreversible “aquí y ahora”. El fallo recuerda que la DIA aprobada exige una serie de pasos administrativos y permisos adicionales antes de que se inicien las obras materiales de gran escala.

Planteos “conjeturales”: Para la Cámara, las denuncias sobre posibles desastres ecológicos son, por el momento, hipótesis que deben discutirse en el proceso principal (la sentencia de fondo) y no en una medida de urgencia.

Freno al “automatismo”: Si bien el tribunal validó la vigencia del principio precautorio, aclaró que este no funciona como un interruptor automático para suspender cualquier actividad económica ante la sola mención de una duda ambiental.

El reclamo Huarpe y un “llamado de atención”

En una de las causas, la Comunidad Huarpe Guaytamari denunció la falta de consulta previa y el posible impacto sobre el patrimonio cultural Qhapaq Ñan (Camino del Inca). Si bien los jueces reconocieron la importancia de estos derechos indígenas, señalaron que la comunidad no cumplió con los requisitos procesales básicos para obtener una cautelar.

Sin embargo, el dato político del fallo fue el “llamado de atención ético” que la Cámara realizó a los abogados de la comunidad. Los letrados habían sugerido que el Poder Judicial actuaba bajo influencia del Ejecutivo provincial, una acusación que los magistrados calificaron como improcedente y fuera de lugar en el marco del respeto institucional.

El futuro del proyecto

Con este aval judicial, PSJ Cobre Mendocino —que propone un método de lixiviación sin el uso de sustancias prohibidas por la Ley 7722— mantiene su hoja de ruta administrativa. Aunque la discusión de fondo sobre la nulidad de la DIA continuará en los tribunales, la minera respira aliviada: los trabajos en Uspallata no se detienen.

Para el Gobierno mendocino, el fallo representa un respaldo indirecto a su política de reactivación del sector, en un contexto donde el cobre es visto como el mineral estratégico para la transición energética global.