Regulación de la actividad de seguridad privada: cooperativas y sindicatos fueron recibidos en el Senado de Mendoza
En las últimas horas, la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) del Senado de Mendoza, presidida por el senador Walther Marcolini, analizó el proyecto que modifica la Ley Nº 6441 de 1997, referente a la regulación de la actividad de seguridad y vigilancia privada en la provincia. Esta propuesta, remitida por el Poder Ejecutivo, …
En las últimas horas, la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) del Senado de Mendoza, presidida por el senador Walther Marcolini, analizó el proyecto que modifica la Ley Nº 6441 de 1997, referente a la regulación de la actividad de seguridad y vigilancia privada en la provincia. Esta propuesta, remitida por el Poder Ejecutivo, es parte de un paquete de leyes de seguridad que busca actualizar la normativa vigente y adaptarla a los avances tecnológicos y cambios en la realidad social y laboral.
En esta oportunidad formaron parte de la actividad de la Cooperativa SARPOL Pablo Farres y Oscar Boglioli, así también Mariana Barrera de la Cooperativa SIG, Juan Pablo Martínez de CESIM, Carlos Aldecoa de CAESI y Ariel Egdechman de UPSRA.
Los representantes dieron sus posturas sobre la propuesta en tratamiento. El proyecto establece que «toda prestación de servicios y actividad de seguridad privada humana, interna y tecnológica en el ámbito de la Provincia de Mendoza se regirá por las disposiciones de la presente ley». Esta normativa será de aplicación obligatoria para todas las empresas de seguridad privada que operen en la provincia, incluyendo aquellas que actúen como filiales de agencias habilitadas en otras jurisdicciones. La iniciativa que tiene media sanción de la Cámara de Diputados, se debatiría en la próxima sesión del Senado.
Según la fundamentación del proyecto, el crecimiento de la actividad de seguridad privada responde a cambios en la dinámica social, avances tecnológicos y economías en desarrollo. Sin embargo, este crecimiento no ha sido acompañado por una ampliación en el control y supervisión por parte de la Autoridad de Aplicación. La normativa propuesta busca subsanar estas deficiencias, promoviendo un concepto de seguridad integral que abarque tanto la seguridad pública como la privada, en sus dimensiones humanas y tecnológicas.
Entre los principales cambios propuestos, se destaca la creación del «Registro Provincial de Prestadores de Seguridad Privada Humana, Interna y Tecnológica», que dependerá del Ministerio de Seguridad y Justicia. Este registro tendrá a su cargo la autorización y fiscalización de los servicios de seguridad privada, la coordinación de inspecciones conjuntas con otros organismos como la AFIP, ATM y la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, así como la elaboración de protocolos-guía para la ciudadanía sobre el uso de estos servicios.
Capacitación y control
Uno de los puntos clave del proyecto es la regulación de la capacitación para las personas que desempeñen actividades de seguridad privada. Además, la normativa autoriza y reglamenta el uso de armas disuasivas y medios no letales en el ejercicio de estas actividades.
El texto también especifica los tipos de servicios alcanzados por la normativa, dividiéndolos en tres grandes categorías: Seguridad Privada Humana (que incluye vigilancia, custodias personales y de mercaderías, entre otros); Seguridad Privada Interna (personal de seguridad en relación de dependencia directa); y Seguridad Privada Tecnológica (instalación y monitoreo de sistemas de alarmas y videovigilancia).
Prohibiciones y responsabilidades
La normativa establece una serie de prohibiciones, determinando que ciertas entidades, como asociaciones civiles, fundaciones y cooperativas, no podrán ser prestadoras de servicios de seguridad privada, salvo excepciones. Asimismo, dispone que las habilitaciones para las empresas del sector se renovarán anualmente entre enero y marzo, y regula la responsabilidad solidaria de quienes contraten servicios de seguridad no habilitados.
La legislación incluye un régimen de infracciones y sanciones que varían desde apercibimientos formales hasta multas e inhabilitaciones, dependiendo de la gravedad de la infracción. Además, incorpora a los prestadores de seguridad privada al sistema provincial de seguridad pública, modificando la Ley Nº 6721, y establece la derogación de la Ley Nº 6441 y su decreto reglamentario.