Avanza la nueva ley contra el maltrato animal en Mendoza: las penas que establece

La Cámara de Diputados de Mendoza dio un paso decisivo el pasado viernes al emitir dictamen favorable para el proyecto de ley que busca modificar el Código de Contravenciones en materia de maltrato animal. La iniciativa, que ahora aguarda su tratamiento en el recinto, propone un esquema de penas mucho más riguroso que el vigente, …

La Cámara de Diputados de Mendoza dio un paso decisivo el pasado viernes al emitir dictamen favorable para el proyecto de ley que busca modificar el Código de Contravenciones en materia de maltrato animal.

La iniciativa, que ahora aguarda su tratamiento en el recinto, propone un esquema de penas mucho más riguroso que el vigente, incluyendo multas económicas elevadas, días de arresto e inhabilitaciones para los infractores.

El proyecto recibió el nombre de “Ley Ágata” en homenaje a una yegua que perdió la vida tras sufrir una golpiza brutal en Villa Atuel durante octubre de 2024. Aquel episodio en San Rafael generó un fuerte repudio social y se convirtió en el motor de este cambio legislativo, que pretende transformar la indignación ciudadana en una herramienta jurídica efectiva para proteger a los animales.

La reforma técnica se centró en la modificación del artículo 140 del Código de Contravenciones (Ley Nº 9099), elevando las multas hasta las 3.000 Unidades Fijas (U.F.) o estableciendo arrestos de hasta 60 días para casos de maltrato. Sin embargo, el texto distinguió los actos de crueldad como agravantes, previendo para estos casos sanciones que podrían alcanzar las 8.000 U.F. o hasta tres meses de cárcel efectiva.

Además de las penas principales, la normativa introduce sanciones accesorias obligatorias para todos los condenados por estos hechos. Así, quienes resulten culpables perderán la facultad de tener animales a su cargo mediante una inhabilitación formal y quedarán sujetos a la realización de cursos específicos sobre bienestar animal y tenencia responsable, buscando así una reeducación del infractor.

Finalmente, la propuesta legislativa incorpora el artículo 140 bis para penalizar la “Omisión de Cuidado Responsable”, una figura que hasta ahora carecía de un marco sancionatorio claro. Bajo esta nueva figura, se castigará a quienes abandonen animales en la vía pública o inmuebles, así como a quienes omitan brindarles alimentación, refugio o atención veterinaria, con multas de hasta 1.500 U.F. o tareas comunitarias.

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