La Justicia mendocina asestó un golpe judicial a los planes de ahorro: no habrá cuotas atadas a la inflación
La Cámara Segunda de Apelaciones de Mendoza revocó de forma íntegra la sentencia de primera instancia que ordenaba a las empresas de planes de ahorro recalcular las cuotas de los ahorristas según la inflación (IPC). El tribunal, integrado por las juezas Silvina Furlotti y Gladys Marsala, fundamentó su decisión unánime en que la inflación no …
La Cámara Segunda de Apelaciones de Mendoza revocó de forma íntegra la sentencia de primera instancia que ordenaba a las empresas de planes de ahorro recalcular las cuotas de los ahorristas según la inflación (IPC).
El tribunal, integrado por las juezas Silvina Furlotti y Gladys Marsala, fundamentó su decisión unánime en que la inflación no constituye un hecho imprevisible en el contexto económico argentino, validó el sistema de “valor móvil” como el precio del bien —el cual no puede ser modificado judicialmente según el artículo N° 1121 del Código Civil y Comercial— y determinó que en un proceso colectivo no es posible acreditar una vulneración sistemática al deber de información.
Pese al rechazo de la demanda, la Justicia dispuso mantener la suspensión de ejecuciones individuales y otorgó un plazo hasta el 15 de junio de 2026 para que las partes acuerden un plan de liquidación de saldos.
Los 3 puntos centrales
El debate interno y la técnica judicial
La sentencia fue dictada por unanimidad de las juezas presentes, Dra. Silvina Furlotti y Dra. Gladys Marsala. Es importante notar que el tribunal decidió excluir cualquier referencia al índice IPC (inflación) en sus fundamentos principales, por considerar que era un planteo de las partes que no hacía a la esencia jurídica de la validez del contrato de ahorro previo.
Situación actual de los ahorristas
Pese al rechazo de la demanda, el tribunal mantuvo dos medidas para evitar un impacto social inmediato:
- Orden de negociación: Las partes tienen hasta el 15 de junio de 2026 para acordar un plan de pagos para las deudas acumuladas.
- Freno a los secuestros: Se mantienen suspendidas todas las ejecuciones y secuestros de vehículos de los actores de la causa hasta que venza el plazo de negociación.
- Costas: Al reconocer que los ciudadanos litigaron de buena fe y con “razón probable” dada la complejidad del tema, cada parte deberá pagar sus propios gastos legales (costas por su orden).


