Diputados sancionó el proyecto que plantea modificaciones sobre el uso de armas por parte de la Policía de Mendoza
La Cámara de Diputado de Mendoza sancionó el proyecto que estipula modificaciones a la Ley 6722 de Seguridad Pública, fijando un protocolo para la utilización de armas por parte de los efectivos policiales. El proyecto, que regresó a Diputados con las modificaciones dispuestas por la Cámara de Senadores, obtuvo 33 votos a favor y 7 …
La Cámara de Diputado de Mendoza sancionó el proyecto que estipula modificaciones a la Ley 6722 de Seguridad Pública, fijando un protocolo para la utilización de armas por parte de los efectivos policiales.
El proyecto, que regresó a Diputados con las modificaciones dispuestas por la Cámara de Senadores, obtuvo 33 votos a favor y 7 en contra.
La ley, explicaron, incorpora nuevas disposiciones vinculadas a la protección de las personas y los bienes ante situaciones de peligro, como así también en tareas de observación, vigilancia y prevención de conflictos en la vía pública.
Además, la iniciativa determina criterios en cuanto a la utilización de armas de fuego por parte de la policía “en situaciones de peligro inminente“, contemplando casos de legítima defensa, protección de terceros o cuando exista riesgo grave para la vida o la integridad física. La iniciativa, por otra parte, incorpora parámetros para determinar la existencia de ese peligro y fija pautas respecto de la identificación y advertencia previa al uso de armas, a excepción de circunstancias excepcionales donde ello implique un riesgo mayor.
Por otra parte, explicaron que la iniciativa contempla la posibilidad de convocar a efectivos retirados para cumplir puntuales funciones, regulando las condiciones y la retribución correspondiente según el grado que ostentaban al momento de su alejamiento de la fuerza.
En lo que refiere a la incorporación del artículo 322 bis, detallaron que la iniciativa habilita la convocatoria de policías retirados altamente calificados para tareas específicas dentro de la fuerza, y establece que “el personal convocado al que la autoridad le encomiende tareas funcionales directivas con conducción de personal y disponibilidad horaria permanente percibirá hasta el 100% de la asignación de clase equivalente al grado que ostentaba al momento del retiro”.
“Estas circunstancias deberán quedar debidamente acreditadas y fundadas en cada caso por norma legal de la administración. La administración podrá convocar con hasta el 80% de la asignación de clase equivalente al grado que ostentaba al momento del retiro, a personal para cubrir tareas relacionadas a las funciones establecidas en el artículo 48 bis. Estas circunstancias deberán quedar debidamente acreditadas y fundadas en cada caso por norma legal de la administración”, añadieron en el articulado.
Encendido debate en la Cámara de Diputados
El diputado Gustavo Cairo (LLA), uno de los impulsores del proyecto, dijo que la iniciativa se refiere a “un protocolo de uso de armas para las fuerzas policiales. Esto viene a aclarar la actuación de la policía en ciertas circunstancias en que la Ley dejaba un espacio gris y muchos policías eran sancionados cuando querían actuar en defensa de los ciudadanos”.
Y agregó que es el marco legal para “cuando hay peligro inminente contra la vida o la salud del mismo policía, o de un ciudadano víctima de una acción delictiva, y cuándo el policía puede, en esos casos, hacer uso de su arma reglamentaria, que justamente para eso el Estado tiene una fuerza policial”. Además, sostuvo que “se establece claramente que en estos casos, cuando se ha atentado contra la vida de una persona, el policía puede proceder a la detención de ese delincuente que ha demostrado ser un peligro, ser peligroso los ciudadanos, o para impedir su fuga”.
El legislador se apoyó en casos dados recientemente en cuanto a los enfrentamientos que han protagonizado policías con delincuentes en los que el uso de su arma reglamentaria sufría diferentes interpretaciones, como en los casos en los que se registró un enfrentamiento entre un uniformado con un delincuente que portaba un arma blanca “y por la duda en el uso del arma reglamentaria, el delincuente asestó puñaladas al uniformado y murieron los dos; o el caso del policía de apellido Chocobar que defendió a un turista en Buenos Aires y por el uso de su arma reglamentaria (y posterior muerte del delincuente), tuvo un juicio en su contra“.
En cuanto a este último caso, Cairo indicó que “si bien fue una condena en suspenso, el mensaje para las fuerzas policiales fue muy malo, de cuándo se debe actuar y cuándo no”. Sintetizó al manifestar que la propuesta legislativa “se basa en el código de conducta para los funcionarios policiales de la ONU que establece todos estos supuestos, se adaptan a la Ley argentina, y en este caso la mendocina”.
A su turno, el diputado José Luis Ramón (CyC) justificó su postura negativa sobre la propuesta y remarcó que “esta Ley va a ser inconstitucional, es muy delicado el tema” basado en que vivimos en “un Estado de Derecho en nuestra Argentina, en nuestra provincia y en todos los países que firmaron los tratados de derechos humanos que son vigentes”.
Además, consideró que “esto no habla de una mejor Mendoza, de una mejor manera de conducir la manera de vivir en un Estado de derecho”, y cuestionó que “no requiera que se respete la ley por un funcionario que debe tener agravadas las condiciones para la utilización de sacar un arma que tiene calzada para disparar, aunque hubiera cometido un delito aberrante, porque en el Estado de derecho se debe respetar la ley”.
En tanto, la diputada Valentina Morán (PJ) sostuvo que tenía diversas “observaciones” sobre el proyecto. “Las dudas que me generan y que se generan alrededor de este texto de reforma tiene que ver con eso, con la legalidad y la necesidad, con los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y armas de fuego planteados por la ONU y la proporcionalidad. La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos es clara con respecto al uso de la fuerza”, remarcó.
Al mismo tiempo, expresó que a su entender, “muchos de los criterios que se incorporan en esta ley, provienen de lo que en otros ámbitos se regula mediante protocolos operativos de las fuerzas de seguridad. Hay una diferencia entre poner estas reglas o estos marcos en una ley y en un protocolo; porque los protocolos son instrumentos administrativos que permiten adaptar las prácticas policiales a la experiencia, a la formación, a los estándares internacionales que evolucionan con el tiempo, pero en este caso estamos dando un paso distinto porque estamos transformando estos criterios operativos en normas legales y cuando algo se convierte en ley deja de ser un instrumento flexible y pasa a ser un marco rígido”.
En tanto, el diputado German Gomez (PJ) indicó que al aprobar esta iniciativa “habrá consecuencias jurídicas” que generará “grises”, considerando al respecto que “avanzamos sobre cuestiones poco claras, y son realmente muy peligrosas de no corregirlas”.
De igual forma, manifestó que “no existe la figura de un presunto delincuente”, y que “están invirtiendo la situación, a juicio de quien lleva el arma hoy todos pueden ser delincuentes, lo que va en contra del principio de inocencia que consagra la Constitución. La conducta no está ajustada a la Ley”.


