Acerca del posible cierre de la causa ANDIS (que no demuestra inocencia)

La causa que investiga una presunta red de corrupción en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) atraviesa un momento complejo enfrentando una paradoja que podría derivar en su cierre definitivo sin que ello signifique una reivindicación para los involucrados.  Es que el fallo de la Cámara Federal porteña, que ordenó revisar el origen del expediente, …

Nicolás Sanz

La causa que investiga una presunta red de corrupción en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) atraviesa un momento complejo enfrentando una paradoja que podría derivar en su cierre definitivo sin que ello signifique una reivindicación para los involucrados. 

Es que el fallo de la Cámara Federal porteña, que ordenó revisar el origen del expediente, puso en duda el inicio de la investigación, que no fue otro que la difusión de los primeros audios que revelaron la trama. 

La estrategia de las defensas de Diego Spagnuolo y los empresarios procesados no apunta a desmentir el contenido de esas grabaciones, sino a impugnar la forma en que llegaron al despacho del juez Sebastián Casanello. 

En tal caso, si se llegara a determinar que ese disparador inicial fue fruto de una maniobra ilegal o una violación a la privacidad, la justicia se vería obligada a aplicar la doctrina del fruto del árbol venenoso, invalidando no solo los audios, sino todos los elementos recolectados a partir de ellos, desde allanamientos hasta peritajes.

Sin embargo, resulta necesario distinguir entre el una nulidad y la declaración de inocencia. Que una causa se caiga por errores de procedimiento o violaciones a las garantías constitucionales no equivale a una sentencia que dictamine la inexistencia del delito. 

Aunque se termine declarando la nulidad de la investigación y los procesados queden exentos de condena, el fondo de la cuestión —supuestos desvíos de fondos y retornos— no estaría desmentido bajo ningún punto de vista. 

La sospecha de corrupción permanecería intacta frente a una opinión pública que podría analizar el cierre del caso como una victoria de una doctrina puntual sobre la verdad de los hechos.

En tal contexto, tanto la Fiscalía como el Juzgado a cargo enfrentan por estas horas una carrera contra el tiempo para demostrar que la investigación cuenta con elementos independientes, es decir, pruebas conseguidas por vías legales que no dependan del cuestionado supuesto origen de los audios. 

Por ello se intenta proteger el expediente con auditorías de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) y cruces de llamadas que, en teoría, podrían sostener la acusación por sí solos. 

Pero si la Cámara Federal decide que toda la estructura del caso está contaminada por el inicio ilegal, el proceso terminará por desmoronarse, asegurando la impunidad de los implicados, entre los que se encuentran ni más ni menos que Karina Milei y Eduardo “Lule” Menem

En otras palabras, lo que se discute no es si los hechos ocurrieron, sino si el Estado tiene derecho a juzgarlos cuando el primer elemento podría haber tenido como origen una maniobra ilegal. 

La caída de la causa ANDIS no sería, entonces, un certificado de buena conducta para los imputados, sino el amargo recordatorio de que, en el derecho penal, una investigación mal nacida rara vez llega a un destino de justicia.

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