PortadaSociedad

Piden la urgente reglamentación de la ley de protección integral a personas trasplantadas en Mendoza

La Fundación TMO (Transplante de Médula Osea) viene insistiendo desde hace años con el pedido, pero la política mendocina no da pie con bola.

El 12 de diciembre de 2019, la provincia de Mendoza adhirió a la ley Nacional 26.928, de Protección Integral para Personas Trasplantadas. Ello fue publicado en el Boletín Oficial el 7 de enero del 2020 y fue celebrado por las personas a las cuales alcanza la norma, solo unas 3 mil en total en el territorio provincial.

Sin embargo, todo quedó trunco desde entonces, porque jamás se reglamentó la ley de marras, a pesar de las ingentes gestiones de puntuales organizaciones vinculadas al acompañamiento a transplantados.

Debe mencionarse que la norma tiene como objeto conforme el artículo 1 crear un régimen de protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o se encuentren en lista de espera para trasplante del SINTRA, siendo el Ministerio de Salud Desarrollo Social y Deportes la autoridad de aplicación.

Entre los aspectos más importantes la Ley establece que los Efectores de Salud (El Sistema Público, las Obras Sociales, Empresas de Medicina Pre Paga, etc.) deben brindar a la personas trasplantadas y en lista de espera cobertura del ciento por ciento (100%) en la provisión de medicamentos, estudios diagnósticos y prácticas de atención de su estado de salud de todas aquellas patologías que estén directa o indirectamente relacionadas con el trasplante. (art. 4).

Debemos aclarar que este derecho debe estar garantizado a las personas trasplantadas y en lista de espera con independencia de la cobertura de salud con la que cuenten, incluso del plan que tengan dentro del sistema de prestación de salud y que dicha cobertura se encuentra incluida en el PMO.

Ahora bien, en muchas ocasiones el ejercicio concreto de este derecho se dificulta seriamente, dado que algunos Efectores de Salud en varias oportunidades no cumplen con esta obligación o cumplen de forma incompleta o tardía, y en algunos casos luego de que el afiliado paciente llevo a cabo una serie de agotadoras gestiones, llegando incluso a solicitar la tutela judicial (amparos de salud, medidas cautelares).

Además, la ley establece en su art. 5 los pasajes gratuitos de transporte terrestre o fluvial dentro de la jurisdicción nacional para las personas trasplantadas y en lista de espera.

“Es imperioso que se reglamente lo referido al trasporte debido a la problemática por la que muchas personas trasplantadas y en lista de espera que necesitan utilizar el transporte urbano, interurbano y media distancia para realizar diversos trámites entre los cuales requieren asistir a los turnos de controles médicos, análisis etc. teniendo presente que los centros de trasplante se encuentran en la Ciudad de Mendoza”, dijo a Diario Mendoza Today Silvia Ponce, presidenta y una de las fundadoras de la Fundación TMO (Transplante de Médula Osea).

Y añadió: “Ello sumado al costo de los pasajes y a las dificultades económicas en las que en muchos casos se encuentran, dado que la inserción laboral en personas en esas condiciones es muy compleja, más aún dentro de la grave crisis social que transita nuestro país”.

En razón de lo expuesto, la mencionada fundación TMO inició junto a la Asociación Civil Trasplantados Mendoza, un expediente administrativo N° IF-2023-07022641-GDEMZA-SEGE#MSDSYD, por ante el Ministerio de Salud y Deportes de la Provincia de Mendoza, cuyo objeto ha sido el de solicitar la urgente reglamentación de la ley 26.928.

Ello derivó que en fecha 26 de octubre de 2023 se realizara una audiencia en el Ministerio de Salud a los fines de tratar la temática de la reglamentación del transporte gratuito para las personas incluidas en el art.1 de la ley 26.928.

La audiencia se llevó a cabo con la presencia de la ministra de Salud Ana María Nadal, Oscar Sagas, la presidenta de la Fundación TMO, la mencionada Ponce, y la presidenta de la Asociación de Trasplantados Mendoza, Claudia Correa. Además se encontraron presentes las legisladoras Mercedes Derrache y Fernanda Sabadín (miembros de la Comisión de Salud de la Legislatura de Mza.) y el asesor Marcelo Brescia, quienes desde sus roles se encuentran acompañando la reglamentación de la ley.

A pesar de ello, nada varió hasta el día de hoy. Ni aún cuando hubo oportunas gestiones realizadas por la directora de Incaimen (Jurisdiccional de Mendoza) Cecilia Quiroga quien también ha impulsado la reglamentación de la Ley en sus diferentes aspectos.

“Es importante poner de manifiesto respecto de la implementación del derecho al transporte gratuito de las personas trasplantadas y en lista de espera en nuestra provincia, que en todas las jurisdicciones provinciales en que el que ya se ha reglamentado hace tiempo, el mismo se ha realizado de forma liberada y similar a la implementación de los derechos de las personas con discapacidad, dado que existe un consenso generalizado de los diferentes referentes relacionados a la protección de las personas incluidas en el art. 1 de la Ley 26.928 que estos pacientes son igualmente vulnerables y sus derechos deben ser protegidos en términos de igualdad tutelándolos de forma efectiva y similar a la discapacidad”, explicó Ponce a este diario.

Y puntualizó: “En razón de lo expuesto se solicitó la reglamentación del art. 5 de la Ley 26.928, en lo que respecta al transporte que el mismo sea dispuesto de forma liberada y gratuita para la persona trasplantada y en lista de espera, conforme acreditación del sistema SINTRA, siendo la Jurisdiccional INCIAMEN en la Provincia de Mendoza la autoridad que gestiona y emite los carnet de acreditación correspondiente, de forma análoga a la reglamentación de las personas con discapacidad”.

Ponce detalló que “solo en el caso de que la persona trasplantada o en lista de espera requiera acompañante por motivos asistenciales, tal circunstancia deberá ser indicada por médico tratante”.

Como sea, además de todo lo ya explicado, se presentaron en el expediente iniciado por las dos ONGs varias notas suscriptas por pacientes trasplantados y en lista de espera de la Provincia de Mendoza, quienes igualmente le solicitaron a la Ministro de Salud la urgente reglamentación por parte de la Provincia de Mendoza de la Ley N° 26.928 referida a la Protección Integral de la Personas Trasplantadas y en Lista de Espera, en lo que respecta al trasporte para las personas incluidas en el artículo 1 de la referida ley.

A su vez, se presentaron en el mismo expediente reglamentaciones de distintas provincias en las cuales ya se encuentra reglamentado el derecho al trasporte con la modalidad de implementación que cada una ha dispuesto, teniendo presente que en todos los casos se ha llevado a cabo la disposición de trasporte liberado para la persona trasplantada y en lista de espera, de forma análoga a la protección de las personad con discapacidad a saber:

1.- Ordenanza N° 9.556 del Consejo Municipal de Rosario. Provincia de Santa Fe.

2.- Ordenanza N° 91 de la Municipalidad de Posadas Provincia de Misiones.

3.- Ordenanza N°4.838 del Consejo Municipal de la Ciudad de Rafaela.

4.- Ordenanza N°4.943 del Consejo Municipal de la Ciudad de Rafaela.

5.- Resolución del Sistema Provincial de Salud CUCAI-Tucumán (que abarca Tucumán, Salta y Jujuy).

6.- Pase Multimodal de la Provincia de Buenos Aires.

7.- En CABA se utiliza el carnet de trasplantados que emiten las jurisdiccionales.

8.- Decreto 2935/2017 del Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis.

9.- Ordenanza N° IV-0946-2020 (3641/2020) del Consejo Deliberante de la Provincia de San Luis.

10.- Procedimiento Emisión de CIPE Pase Libre de Salud de la Provincia de San Luis.

11.- Ley N° 7118 reglamentación de la Ley de Protección Integral para las personas trasplantadas de la Provincia del Chaco.

12.- Ley N° 13.397 de reglamentación de la Ley de Protección Integral para las personas trasplantadas de la Provincia de Santa Fe.

Ante todo lo expuesto, ¿algún referente de la provincia se hará cargo de esta situación? Se agradece de antemano.