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Vuelve en revisión al Senado de Mendoza el proyecto que busca bajar la tasa de interés moratorio

La iniciativa contaba con media sanción de la Cámara Alta pero sufrió modificaciones durante el tratamiento en la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales de Diputados.

La Cámara de Diputados remitió en revisión al Senado el proyecto por el cual se propone modificar el primer artículo de la Ley 9041, referida a los intereses moratorios.

La iniciativa contaba con media sanción de la Cámara Alta pero sufrió modificaciones durante el tratamiento en la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales de Diputados.

El texto aprobado durante la sesión, establece que “de conformidad con lo establecido en el artículo 768 del Código Civil y Comercial de la Nación, la presente ley tiene por objeto establecer la tasa de interés moratorio para las obligaciones de dar dinero”.

“A falta de acuerdo entre las partes o ausencia de otra ley especial aplicable al caso, las obligaciones de dar dinero tendrán una tasa de interés moratorio equivalente a la Tasa Nominal Anual de préstamos de libre destino hasta 72 meses para personas  que no son clientes del Banco de la Nación Argentina, la que se calculará desde la fecha de mora y hasta el efectivo pago”.

Asimismo, dispone que “para el caso de que las sumas adeudadas fueran exclusivamente  por el incumplimiento  de las obligaciones establecidas en el Libro Segundo, título  IV, Capítulo Segundo, Sección Primera del Código Civil y Comercial de la Nación, se aplicará la tasa de interés por préstamos personales de moneda nacional al sector privado no financiero, a más de 180 días de  plazo, que informa el Banco Central de la República Argentina. El carácter alimentario de las sumas adeudadas no podrá extenderse más allá de lo establecido en las normas citadas anteriormente”.

Con esta media sanción, se busca modificar la legislación vigente  que estipula que el interés moratorio es equivalente a la evolución de la serie de la Unidad de Valor Adquisitivo (U.V.A.). La intención, según se señaló, es “no perjudicar a ninguna de las partes, sino que se cobre lo que se debió, sea de alimentos, indemnización, accidente laboral. Una tasa de interés que atento a la situación inflacionaria pueda conservar el capital de la deuda original, pero no distorsionarlo con la tasa UVA”.

Durante el tratamiento del expediente en el recinto de sesiones, el diputado Emiliano Campos (UCR), quien es titular de la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, fundamentó las modificaciones realizadas señalando que se  solicitaron informes a contadores de las Cámaras Laborales sobre “las distintas tasas que han aplicado desde el Poder Judicial” y cómo estas han ido modificándose por la inflación. Por eso la que se propone “es la tasa de préstamos personales de libre destino”, remarcó.

A su vez, justificó que “con esta modificación que estamos proponiendo, entendemos que mantenemos ese equilibrio que debe haber”, y remarcó que “si nosotros ponemos un interés demasiado alto, perjudicamos al deudor de estas obligaciones que no siempre son grandes empresarios, sino que también hay deudas por alquileres, por ejemplo. Si aplicamos un interés muy alto esa deuda puede irse a sumas astronómicas; y si ponemos una tasa demasiado baja, evidentemente perjudicamos a la otra parte, perjudicamos al trabajador”. En tanto, respecto al segundo párrafo del artículo, sostuvo que “en ese caso se propone una tasa mayor, que es la denominada tasa Badlar” por tratarse de obligaciones parentales, “es decir, alimentos”.

Asimismo Gustavo Cairo (PRO), afirmó que “estamos muy preocupados para que realmente hubiera una solución a esta situación de las tasas UVA  aplicables a los juicios, realmente se tornaban expropiatorios teniendo en cuenta que hay una inflación de un promedio más o menos del 100% anual, estas tasas implicaban en 4 años la suba de más del 1000% de interés, con lo cual un juicio de 150.000 pesos, en 4 años, pasaba a ser de más de un millón de pesos, lo que se  tornaba impagable y absolutamente en contra del empleo”.

Además consideró que “en términos macroeconómicos normales la discusión doctrinaria era entre la tasa activa y  la tasa pasiva del Banco Nación, pero en estos tiempos es cierto que con inflación alta la tasa libre se adecua mejor para preservar el valor de las acreencias y también que estimule a ambas partes a que litiguen de buena fe y que nadie especule con que el juicio se extienda, porque las tasas se van  licuando por la inflación”.

Emanuel Fugazzotto del Partido Verde afirmó por su parte, que  “me parece interesante que se avance en erradicar el UVA de la vida de la familia mendocina en cualquiera de los ámbitos que se toque, inclusive que tengamos la valentía también desde los ámbitos políticos, de enfrentar al sistema financiero para que también aquellos que están hipotecados hoy día por créditos que no pueden pagar directamente, porque los intereses son elevadísimos, porque el capital cada vez es mayor y porque no tienen forma de poder cancelar su vivienda, también encuentren la salida que vienen peleando desde hace muchísimo tiempo”.

A su turno, el diputado José Luis Ramón (Protectora), anticipó su voto negativo.

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