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Delitos sexuales: el Ministerio Público Fiscal les respondió a los presos mendocinos en huelga de hambre

Desde el Poder Judicial de Mendoza explicaron que los procedimientos son correctos y minimizaron la protesta de los reclusos.

En estas horas, persiste una huelga de hambre que varios presos detenidos por causas de violencia de género realizan en las cárceles de San Felipe y Boulogne Sur Mer. Los reclusos aseguran que se trata de “falsas denuncias” y piden que alguien les brinde una respuesta puntual.

En virtud de ello, el Ministerio Público Fiscal decidió emitir un comunicado donde informa que durante el año 2022 ingresaron un total de 8783 causas violencia de género.

“De dicho total los Fiscales ordenaron la detención de 667 hombres lo cual representa un 7.59% del total de personas denunciadas. En este sentido es importante destacar que del total de imputados un 59% de ellos habían delinquido con anterioridad (reiterantes, reincidentes)”, según el mismo documento, al que tuvo acceso Diario Mendoza Today.

Asimismo, el MPF informó que en los delitos vinculados a hechos de violencia de género, “la detención del imputado se sustenta en informes técnicos de contenido científico que realizan profesionales  de la salud mental (psicología y psiquiatría) del E.P.I. (Equipo de Profesionales Interdisciplinario)”.

Dichos informes, según el comunicado de marras, “se elaboran en base a estándares de evaluación internacionales, arrojando el riesgo que corre la víctima de sufrir nuevamente hechos de violencia. Sin perjuicio de las pruebas obrantes en el expediente (declaraciones testimoniales, procedimiento policial, informe de lesiones del Cuerpo Médico Forense) si del informe del EPI surge que el riesgo es Alto o Moderado el imputado podrá ser detenido a fin de garantizar la integridad física de la mujer”.

Más adelante, el MPF aclara que, “en ningún caso transcurren más de 10 días desde la detención hasta la realización de la audiencia de prisión preventiva ante el Juez Penal Colegiado que es quien ratifica o no la detención. Ello, en concordancia con lo establecido por el CPP de Mendoza. En esa audiencia de prisión preventiva, es un Juez quien debe evaluar las pruebas reunidas por el Fiscal y de acuerdo con el estándar probatorio reunido es ese mismo Juez el que dispone o no la prisión preventiva del imputado, no siendo decisión del Fiscal el mantenimiento de la detención”.

Finalmente, el comunicado puntualizó que “tanto las/los Fiscales y Jueces de la Provincia se basan en Normas y Convenciones Internacionales para sus investigaciones y decisiones procesales a las cuales nuestro país ha adherido en nuestra Carta Magna”.

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