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Deberán indemnizar a una joven a la que le prohibieron bañarse con burkini en Cacheuta

La burkini es un traje de baño que cubre casi la totalidad del cuerpo, desde el tobillo a la cabeza, y solo deja al descubierto las manos, los pies y parte del rostro.

Un juzgado civil condenó a un complejo termal ubicado en Cacheuta a indemnizar con 400.000 pesos a una joven mendocina que profesa el islam a quien se le prohibió el ingreso a las piscinas porque usaba una burkini.

El hecho ocurrió en diciembre del 2017 cuando la estudiante universitaria intentó ingresar a las piscinas del complejo con una burkini, un traje de baño que cubre todo el cuerpo y que utilizan algunas mujeres musulmanas, y se lo impidieron por no cumplir las reglas de vestimenta del lugar.

Tras esta situación, la joven demandó al parque de agua Termas Cacheuta -el hotel y spa, ubicado en Cacheuta, Luján de Cuyo- por “daños y perjuicios” y la jueza Norma Laciar de Luquez, del Sexto Juzgado de Paz mendocino, hizo lugar a la demanda planteada.

La magistrada condenó a la empresa a pagar la suma de 400.000 pesos, más los intereses legales pertinentes, indicó el fallo difundido.

Desde la parte demandada sostuvieron que el hecho denunciado no constituyó “un acto discriminatorio” y las reglas del Parque de Aguas cumplen “las exigencias legales dictadas por la autoridad competente” además de encontrarse “difundidas y expuestas las condiciones del uso de sus piletas en la cartelería de ingreso”.

En tanto, la jueza consideró que “por todo lo expuesto y las constancias de la causa que resultan acreditados los hechos para configurar el caso encuadrable en una situación discriminatoria” y por ende “la demanda ha sido válidamente interpuesta”.

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