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Rechazaron excarcelar a un abogado acusado de ser el organizador de la “asociación ilícita” ligada al juez federal de Mendoza Walter Bento

La resolución consideró los “riesgos procesales” de una posible liberación del acusado, recientemente requerido a juicio oral por conformar una banda delictiva que ofrecía beneficios procesales a imputados en distintas causas a cambio de una coima.

La Cámara Federal de Casación Penal denegó este miércoles la excarcelación de Jaime Andrés Alba, un abogado particular acusado de formar parte de una presunta asociación ilícita junto al juez federal de Mendoza Walter Ricardo Bento, mediante la cual habrían ofrecido beneficios procesales a imputados a cambio del pago de una coima en dólares. El abogado está detenido en prisión preventiva hace más de un año y medio y la causa que lo acusa de “organizador” de la banda delictiva fue recientemente elevada a juicio oral.

La denegatoria del recurso de casación fue resuelta por la Sala III de la Casación, integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani y Mariano Hernán Borinsky, al confirmar la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de Mendoza en la medida en que no hizo lugar ni al pedido de excarcelación ni a la solicitud de prisión domiciliaria del acusado por la “gravedad de la pena en abstracto” y el “riesgo procesal” latente en esta causa.

Jaime Andrés Alba fue requerido a juicio por la presunta comisión del delito de “asociación ilícita en carácter de organizador (…) en concurso real (…) con el delito de cohecho activo agravado en calidad de coautor (…) todos a su vez en concurso real con el delito de abuso de autoridad en calidad de partícipe primario”, señaló en su voto el juez Gemignani. En ese sentido, respaldó la decisión del Tribunal Oral respecto a “la objetiva severidad de la pena prevista para el delito que se le endilga a Alba, y en la posibilidad de que de recaer condena aquella fuera de efectivo cumplimiento (…) como elementos indicadores de que de quedar en libertad el nombrado podría llegar a eludir el accionar de la justicia”, se agregó.

“En otro orden de ideas, -el tribunal- se expidió sobre el peligro de entorpecimiento en función del art. 222 del CPPF. Así pues, aludió a la gran magnitud e integración heterogénea de la organización criminal que se investiga en la presente causa; y, agregó que la misma ha sido recientemente elevada al Tribunal de Juicio, por lo que no se ha citado aun la causa a juicio y la etapa de ofrecimiento de prueba no se encontraba abierta, siendo inminente el aseguramiento y resguardo del material probatorio para culminar con el proceso”, expresó el fallo.

Por todo ello concluyó que ‘la valoración conjunta de la gravedad de la pena en abstracto con que amenaza el delito enrostrado y el riesgo procesal señalado permite concluir que existe una posibilidad sería de que Jaime Alba busque eludir nuevamente la acción de la justicia, en caso de que se le conceda la excarcelación solicitada”.

Por otra parte, el magistrado a cargo de votar primero esgrimió que el pedido de la defensa “no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado” que permita su tratamiento en la instancia de Cámara. En esa línea indicó que dicho pedido “se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias para rechazar la excarcelación y el arresto domiciliario solicitado en subsidio”.

“Esta Sala III tuvo oportunidad de expedirse en planteos similares del imputado Alba y mantuvo su encierro carcelario al declarar inadmisibles los recursos de casación interpuestos por su defensa ante los rechazos de los pedidos de excarcelación y de arresto domiciliario. Así pues, aun considerando el avance procesal de las actuaciones principales, no se advierten en esta oportunidad, circunstancias novedosas que conduzcan a modificar el criterio allí adoptado”, concluyó Gemignani.

A su turno, el juez Borinsky destacó el dictamen del Ministerio Público Fiscal ante la instancia previa donde se expidió de modo desfavorable al planteo efectuado por la defensa del abogado acusado. En dicha instancia el fiscal pronunció: “se verifican con relación a Alba diversos factores de riesgo procesal (…) que, en resumen, puede sintetizarse en estos puntos: (…) vigencia de la asociación ilícita: la banda que integra Alba como organizador se encuentra vigente a la fecha con el consiguiente riesgo procesal que ello implica en el sentido de que cualquier medida coercitiva alternativa en favor del nombrado importa un peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación, ya que no puede descartarse que en caso de recuperar su libertad aún en forma limitada sea asistido por otros miembros de la banda, conocidos o no (…)”.

Por último, el juez subrayó que durante la etapa de instrucción la defensa ya había solicitado “idéntico beneficio en favor de su asistido, o en su variante de prisión domiciliaria, en trece oportunidades, todas rechazadas por el Juez de Grado (…)”. En razón de lo cual ambos magistrados en sintonía resolvieron declarar inadmisible el recurso de casación y así confirmar la denegatoria de la libertad del abogado mientras se prepara el desarrollo de la instancia oral y pública.

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