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Presupuesto y polémica: el Concejo Deliberante capitalino le delegó sus facultades fiscalizadoras a Ulpiano Suarez

Informe para los vecinos y vecinas de la Ciudad de Mendoza. Por Ricardo García, concejal Partido Verde de Ciudad. Especial para Diario Mendoza Today

El día 27 de diciembre se trató en el Concejo Deliberante de capital la tarifaria y presupuesto para el 2023.

Me gustaría poder contarle a los vecinos y las vecinas de la Ciudad de Mendoza lo que sucede en el recinto capitalino y que desconocen. El presupuesto que envió el ejecutivo y que se terminó aprobando por el Concejo Deliberante (porque el frente cambia Mendoza tiene mayoría), es un presupuesto por el medio del cual el Concejo Deliberante delega sus facultades propias de fiscalizador al Intendente Municipal Ulpiano Suarez.

En otras palabras el Concejo al aprobar el presupuesto, permite que el Intendente disponga de millones de pesos como le parezca, le permite que realice restructuración presupuestaria, modificaciones, reajustes y compensaciones de partida. Tal como lo dice el art. 10 del presupuesto que transcribo a continuación:

Artículo 10º Modificaciones presupuestarias dentro de la jurisdicción: Facúltese al Departamento Ejecutivo a disponer las reestructuraciones presupuestarias (modificaciones, reajustes y compensaciones de partidas) que considere necesarias para no entorpecer la normal prestación de los servicios previstos en el mismo, siempre y cuando los montos se mantengan dentro del total del Presupuesto aprobado por el Artículo 2º de la presente Ordenanza para su Jurisdicción, y con el objeto de lograr un eficaz desenvolvimiento de la Administración Municipal dentro de los fines acordados, con excepción de la partida de Trabajos Públicos que no podrá pasar a gasto corriente y lo dispuesto en los Artículos 11º, 12º y 13º de la presente Ordenanza.

Facúltese a la Presidencia del Honorable Cuerpo a realizar las modificaciones de partidas necesarias de su Jurisdicción, a los efectos de permitir el normal desarrollo de sus funciones, respetando siempre el total de las erogaciones fijadas para su Jurisdicción en el Artículo 2° de la presente Ordenanza. A estos efectos el Honorable Concejo Deliberante comunicará la novedad al Departamento Ejecutivo para que a través del área que corresponda realice la redistribución de partidas necesarias.

El Departamento Ejecutivo comunicará al Honorable Concejo Deliberante las reestructuraciones de presupuestos realizadas en función de las situaciones declaradas en el presente artículo notificando copia del Decreto correspondiente.

Es decir que el Concejo deja de cumplir su rol principal de fiscalizar y controlar los actos que realiza el Ejecutivo municipal, porque al momento de aprobar el presupuesto delega explícitamente esas facultades al intendente.

Para dar un ejemplo, si en el presupuesto está asignada la partida para una obra de apertura y asfalto de una calle de la Ciudad, pero al Intendente se le ocurre destinar ese dinero en la construcción de una ciclovía (que algunas han traído muchos dolores de cabeza, como en la calle Juan B. Justo) o gastar todo ese dinero, en la reparación de una plaza que no lo necesita, déjenme contarles que lo va a poder hacer, y sin control del Concejo Deliberante, porque ya se lo autorizó al momento de aprobar el presupuesto.

Por lo que las atribuciones que le son propias al Concejo Deliberante y que están reguladas por la Ley orgánica de Municipalidades 1079, en los art. 130, 131, 132, que establecen que todo gasto debe serpreviamente autorizado por el Concejo. Se le ha dado al Intendente en este preciso momento, otorgándole una autorización genérica y sin ningún control.

Por otra parte el Capítulo IV del presupuesto que se refiere a las normas de deuda y/o financiamiento, disponen en el art. 30, 31, 32, 33 y 34 que el Intendente tiene facultad de endeudarse hasta dos masas salariales brutas que son alrededor de 1.000,000,000 millones de pesosY puede tomar esa cantidad de dinero sin especificar qué destino le va a dar, porque la autorización ya se la dieron los Concejales previamente, vuelvo a repetir al momento de aprobar el presupuesto.

Artículo 30º Uso del crédito con agente financiero:

Autorícese al Departamento Ejecutivo a hacer uso del crédito con el Agente Financiero por el equivalente a dos masas salariales brutas del personal permanente y temporario de la Municipalidad, vigentes al momento de solicitar la asistencia financiera, según lo establecido en el contrato respectivo; la tasa base a aplicar será Badlar de Bancos Privados 30/35 días, publicada por el BCRA, con más 6,20% (seis coma veinte por ciento), con una duración total de hasta 6 años, contemplando un plazo de gracia de 1 año para el pago de capital solo devengando intereses en dos pagos semestrales o doce semestrales. A partir del plazo de gracia, la amortización se realizará en cinco años; en diez cuotas semestrales o sesenta mensuales de capital e intereses por sistema alemán de amortización. El poder ejecutivo decidirá entre las alternativas de cantidad de cuotas propuestas por el agente financiero para cancelar la obligación. El poder ejecutivo podrá, una vez amortizado el 50% del préstamo otorgado, solicitar la renovación de este por el 100% de la asistencia en iguales condiciones pactadas. El poder ejecutivo tiene la opción de poder cancelar el préstamo en cualquier momento sin costo adicional como así también suscribir el acuerdo de sobregiro en cuenta corriente por montos superiores al 100% del saldo del fondo unificado y hasta la suma de UNA MASA SALARIAL BRUTA con una tasa nominal anual variable equivalente a badlar (bancos privado 30/35 días) más dos con diez (2.10) puntos porcentuales.

Con la aprobación de este presupuesto, deja de funcionar el poder de contralor del Concejo Deliberante, los art. 73 inc. 6 y 7 y el 74 de la Ley 1079, disponen claramente que para endeudarse hace falta autorización del HCD.

De esta manera, se le otorga una autorización genérica al Intendente para que se endeude como quiera y cuando quiera, el hecho que se le agregue la disposición de tener que informar al HCD, no cambia nada, solo le informa, ya que en el supuesto caso que el Concejo no este de acuerdo con el préstamo, nada podrá hacer, ya que lo autorización en este acto.

La intendencia se transforma en un gobierno unipersonal sin control legislativo. Por eso como Concejal de la Ciudad de Mendoza representando al Partido Verde, donde uno de nuestros ejes primordiales es la transparencia gubernamental y luchar contra la corrupción y los actos de avasallamiento institucional por parte de las dos fuerzas políticas tradicionales que vienen gobernando hace más de 25 años la Provincia y que la han llevado a la miseria y ha tener %50 de pobres, voté en contra de estas disposiciones. Mi lucha es en solitario, porque hoy el Partido Verde es la única oposición real y seria que tiene la Provincia de Mendoza, por eso seguiremos trabajando para brindarle una alternativa de gobierno que piense realmente en todos los mendocinos y mendocinas. Saludos afectuosos y felices fiestas.

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