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Inédito: la Justicia evitó que Las Leñas se quede con las tierras de un puestero y su familia

Se trata de una causa iniciada por la empresa Nieves de Mendoza S.A., propietaria del complejo invernal Las Leñas.

En un fallo que dicta jurisprudencia, la Justicia mendocina falló en contra del intento de desalojo de un puestero y su familia en el departamento de Malargüe.

Según detalla Diario San Rafael, se trata de una causa iniciada por la empresa Nieves de Mendoza S.A., propietaria del complejo invernal Las Leñas, contra el Kevin Gutiérrez y su familia, puesteros radicados en la zona desde hace más de cien años y propietarios del puesto Los Álamos.

Nieves Mendoza

La empresa, de origen malayo, adquirió en 2003 nada menos que 145.460 hectáreas en ese departamento.

Nieves de Mendoza pertenece al grupo Walbrook, de capitales malayos, que con la adquisición de las acciones de IRSA pasó a controlar el 97% de Las Leñas. Los malayos pusieron un pie en la provincia en 2002, cuando concretaron la compra de un predio de más de 240.000 hectáreas en la zona de Malargüe.

Estas tierras se suman a otras 228.000 hectáreas que pertenecen a Las Leñas, con lo cual los malayos ya controlan cerca de medio millón de hectáreas en el sudoeste de la provincia.

El fallo

“La empresa Nieves de Mendoza compró las tierras que, entre otras cosas contienen el complejo turístico Las Leñas. En la venta no se tomó en cuenta ni se consignó que en esas tierras habita gente desde hace muchos años, los que las habían adquirido de buena fe”, explicó a ese medio el abogado de Gutiérrez, José Alberto Miranda.

Y agregó que “en el caso del señor Gutiérrez, su abuelo ya estaba instalado en 1906, y la tierra fue en pago por parte del Ejército Argentino por servicios prestado a la institución. Al comprar las tierras, Nieves de Mendoza pretendió la reivindicación de ese terreno. Con la causa en sus manos, el juez analizó las pruebas que acreditaban fehacientemente que el terreno estaba inscripto en Dirección de Ganadería y en distintas reparticiones públicas. También estaba inscripto como puestero en la Municipalidad de Malargüe”, agregó el letrado.

Puntualmente, el juez Ramón evaluó todo de acuerdo con las normas que establece el Código Civil, que establece que quien posea por más de veinte años de buena fe y con justo título la posesión, tiene derecho a esta y oponer excepción como titular.

 

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