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Confirmaron el sobreseimiento de un escribano que intervino en la compra de un campo para Lázaro Báez en Tunuyán

Con los votos de los jueces Borinsky y Carbajo se ratificó el sobreseimiento de Martín Rostra. El juez Hornos, en cambio, sostuvo que había pruebas para que su rol se discuta en un juicio oral.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el sobreseimiento de un escribano por la compra de una estancia de 3500 hectáreas en Tunuyán, realizada por Leonardo Fariña por U$S 5.000.000 en efectivo, a nombre del empresario K Lázaro Báez.

La decisión fue dictada con los votos de los doctores Mariano Hernán Borinsky y Javier Carbajo, quienes rechazaron las impugnaciones presentadas por los representantes de la Unidad de Información Financiera y de la AFIP contra el sobreseimiento del escribano Martín Alejandro Rosta dictado por la Sala II de la Cámara Federal.

Por su parte, según publica diario Clarín, el juez Gustavo Hornos en disidencia con sus colegas, sostuvo que en la causa existen “numerosos elementos suficientes” para que la investigación avance hacia la etapa de debate oral y público, lugar oportuno “para evaluar y valorar toda la prueba en orden a acreditar o desechar la hipótesis acusatoria que la parte querellante viene reclamando”.

Allí se investiga la puesta en circulación en el mercado, de numerosas sumas de dinero de origen ilícito, a través de la adquisición de distintos inmuebles, entre los que se encuentra la estancia “El Carrizalejo”, la cual, según publicó en su momento Diario Mendoza Today, fue adquirida en el año 2010 por Fariña por U$S 5.000.000 en efectivo y vendida 2 años después a tan solo U$S 1.800.000.

Por dicha maniobra resultaron condenados, entre otros, Lázaro Antonio Báez y Jorge Leonardo Fariña a las penas de 12 y 5 años de prisión respectivamente; resolución que se encuentra bajo estudio de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación desde mediados del año 2021, con una integración parcialmente diferente.

En lo que respecta al escribano involucrado en la operatoria, el juez  Hornos destacó que el accionar perpetrado por el escribano Martín Alejandro Rosta “no fue una conducta neutral realizada por un notario en ejercicio de su profesión sino que, dadas las circunstancias particulares que rodearon a las operaciones de compraventa de la estancia aquí analizada, se advirtió que tuvo una participación intencional y necesaria para la materialización de esas transacciones, en las que, cabe recordar, se insertaron fondos provenientes de un ilícito al mercado legal y luego, simulando su origen, se vendió a un precio 64% inferior al pagado”.

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