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La Corte mendocina obligó a reincorporar a dos exfuncionarios del PJ separados por Alfredo Cornejo y Laura Montero

La Corte ordenó que el Gobierno y la Legislatura reincorporen a dos exfuncionarios. Habían sido nombrados en planta permanente por Francisco Pérez y Carlos Ciurca, pero Alfredo Cornejo y Laura Montero habían anulado esas designaciones. Polémica en la Corte.

En las últimas horas, se conoció un fallo a través del cual la Suprema Corte de Mendoza obligó a reincorporar a dos exfuncionarios del gobierno de Francisco Pérez que habían sido echados por Alfredo Cornejo.

En dos sentencias distintas, publicadas por MDZ, la Corte obligó a que el Gobierno reincorpore a Alejandra Maradona, que había sido directora de Regalías y tenía un cargo de planta reservado en ATM, y a Raúl Gallardo (hermano de la exsenadora Miriam Gallardo) a un puesto en la Legislatura. Ambos habían sido nombrados en planta permanente en 2015, pero habían reservado ese puesto por tener cargos políticos. Con el cambio de Gobierno,

Alfredo Cornejo los dejó cesantes por considerar que habían sido mal nombrados. Ahora la Corte, al igual que en otros casos, falló en contra de esa decisión y obligó a reincorporar a Gallardo y Maradona. A uno lo había echado la vicegobernadora Laura Montero. A otra, el gobernador Cornejo. Ahora, ambos volverán a los cargos de planta en los que Carlos Ciurca y Francisco Pérez los habían nombrado”, según MDZ.

El impacto que general tal decisión refere a que se trata de dos personas con vinculaciones políticas dentro del PJ; en el pasado y actualmente. Pero además, en las sentencias quedó nuevamente expuesta la dura pelea interna de la Corte local. Es que ambos casos estaban en la Sala 2 (penal y laboral), y se había pedido fallos plenarios, es decir que votaran los 7 integrantes del tribunal y no los 3 de la sala.

El juez Mario Adaro rechazó ese pedido y acusó a la propia Corte de tratar de manipular institucionalmente al Tribunal. Y lo hace en duros términos, acusando un intento de imponer una “mayoría automática”. “Con la evidente finalidad de impedir que resuelva la actual composición de la sala II, con sus jueces naturales, e imponer el bloque hegemónico de la actual integración, se llama a resolver en pleno después de que los votos ya han sido presentados. Tal modo de proceder, sin precedentes en la historia de nuestro Poder Judicial, no solo es de dudosa legalidad, sino que genera un grave daño a la institucionalidad de la provincia y a la legitimidad formal y material de las decisiones de esta corte”, acusa Adaro. “Este método sistemático de proceder no es inocente. En efecto, no puede desconocerse que la imposición de mayorías automáticas tiene como consecuencia un disciplinamiento de las instancias anteriores del Poder Judicial”, acusa.

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