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Luis Petri presentó hace un año un proyecto para autorizar el uso de pistolas Taser y sigue en veremos

Pasa el tiempo, pero no pasa nada.

Este jueves, el exdiputado nacional por Mendoza Luis Petri recordó que hace un año, acompañado por varios legisladores, presentó un proyecto de ley para autorizar y regular el uso de armas no letales por parte de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Nacional y establecer normas que determinen en qué condiciones y circunstancias pueden ser utilizadas uniformando las reglas que habilitan su uso.

“Las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales deben contar con armas no letales para su uso, como ocurre en la mayoría de los países del mundo. Hace casi un año presente el proyecto que regula su uso y aún duerme en el Congreso“,  posteó en su cuenta de Twitter.

Oportunamente, en comunicación con Diario Mendoza Today, Petri había dicho: “En diciembre del 2019, el actual Gobierno derogó el protocolo de uso de armas de fuego y no letales. Atando de manos y exponiendo a la policía. Tanto las Fuerzas Federales, como las provinciales, deben estar dotadas de pistolas taser, capacitado el personal policial y establecidos los protocolos para su correcto funcionamiento. No hay excusas para que ello no suceda.”

En nuestro país ya existían antecedentes en la regulación de las armas no letales, según indica el propio proyecto: “Cabe recordar que en el año 2019 el Ministerio de Seguridad emitió la Resolución 395/2019, dictada por la entonces Ministra de Seguridad Patricia Bullrich, mediante la cual se aprobaba y reglamentaba su uso, normativa fue derogada por el actual Gobierno Nacional, mediante la Resolución 1231/2019, lo que ha ocasionado un vacío legal en esta materia y la imposibilidad de proceder a su adecuado y correcto empleo.”

“Nuestra iniciativa recepta la buena reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo en el año 2019, pero además dispone, a fin de eliminar cualquier tipo de controversia respecto de las mismas, que sólo deberán utilizarse exclusivamente en situaciones en que hubiera estado justificado el empleo de una fuerza mayor o letal y siempre que no produjere un daño excesivamente superior al que se quiere hacer cesar.

Además, prohíbe su utilización contra personas vulnerables, tales como niños, mujeres embarazadas o ancianos y en otros supuestos que no hagan aconsejable su uso de acuerdo a criterios científicos y conforme lo determine la reglamentación.” remarcó el autor de la ley.

El proyecto “impone al Ministerio de Seguridad el deber de elaborar un informe anual, con la evaluación y el seguimiento respecto del uso de armas no letales por parte de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Nacional, el que deberá ser remitido a las Comisiones de Seguridad Interior de ambas Cámaras Legislativas del Congreso de la Nación con las recomendaciones respecto a las posibles modificación del marco normativo”.

Por último, establece la obligatoriedad de contar con armas electrónicas no letales en todos los móviles policiales afectados a tareas de prevención y su disponibilidad en eventos, espectáculos o lugares de concurrencia masiva de público donde el uso del arma de fuego pueda suponer un riesgo a la vida de terceros.

“Es imprescindible aprobar dicha normativa para tener que dejar de lamentar hechos graves, sea por la utilización de armas de fuego o desistir del uso de la misma, dotando al personal de las fuerzas de seguridad de una alternativa intermedia que, de manera proporcional y racional, sea idónea para repeler una agresión, defender la vida de terceros o evitar la comisión de un delito“, concluye el la iniciativa.

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