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La Corte confirmó la anulación de una condena contra Leonardo Fariña por la compra de un campo en Tupungato

La había dictado un tribunal en lo Penal Económico y anulado la Cámara de Casación. Ante la apelación de la AFIP, el máximo tribunal ratificó que se estaba violando la prohibición de la doble persecución penal.

La Corte Suprema dejó firme la anulación de una condena a cuatro años de prisión contra el financista Leonardo Fariña en una causa vinculada con el lavado de activos de una organización encabezada por el empresario Lázaro Báez, que involucra a Mendoza.

Los jueces Carlos Rosenkratnz, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti declararon “inadmisible” un último recurso de apelación presentado por la AFIP contra la sentencia de Casación que anuló una primera condena a cuatro años de prisión contra Fariña.

En noviembre de 2017, el Tribunal Oral en lo Penal Económico número uno, integrado por los jueces Claudio Gutiérrez de la Cárcova, Jorge Pisarenco y Susana Pellet Lastra, había condenado a Fariña por “evasión agravada” en relación con la compraventa de un campo en Tupungato.

Pero en setiembre de 2018, la Cámara Federal de Casación Penal, en un fallo firmado por los jueces Liliana Catucci, Eduardo Riggi y Carlos Mahiques, anuló la sentencia y ordenaron que esa causa se acumulara a la de lavado, en la que Fariña ya estaba siendo juzgado.

La Casación advirtió que se estaba juzgando a Fariña en dos instancias distintas por un hecho común, violando la garantía “ne bis in ídem” (nadie puede ser juzgado dos veces por un mismo delito).

Ese fallo es el que ahora quedó firme por decisión de la Corte Suprema. Ello significa que definitivamente Fariña no será condenado en esa instancia.

Pese a que zafó de esa primera sentencia, Fariña fue finalmente condenado a cinco años de prisión en la causa en la que Báez recibió 12 años de pena.

Fariña recibió una pena menor a la que le hubiera correspondido en otro escenario porque se acogió al régimen del “arrepentido” y su aporte posibilitó la condena contra Báez y otros imputados.

Ese fallo está ahora en revisión ante la Cámara de Casación.

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