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ATM beneficia a más de 2.500 contribuyentes con compensación y/o devolución de Ingresos Brutos

Se trata de un beneficio excepcional para determinadas actividades, afectadas por las limitaciones impuestas por el Gobierno Nacional con motivo de la pandemia producida por la COVID-19. Este beneficio alcanza a más de 2.500 contribuyentes pertenecientes a 51 actividades.

La Administración Tributaria Mendoza procederá a tramitar las solicitudes de compensación y/o devolución de saldos a favor resultantes de las Declaraciones Juradas correspondiente al mes de mayo/2021. Esta medida es un beneficio establecido en el artículo 41 la Ley Impositiva 2021 para determinadas actividades, afectadas por la pandemia producida por la COVID-19.

La ATM se ha sumado a los esfuerzos comunes llevados adelante por las distintas áreas del gobierno y de la población y oportunamente puso a disposición de los contribuyentes y público en general la posibilidad de realizar trámites a distancia a través de la oficina virtual de la página www.atm.mendoza.gov.ar para que los contribuyentes puedan realizar distintas peticiones ante la Administración en forma ágil y segura.

Con esta medida se pretende asistir a las empresas teniendo en cuenta las condiciones económicas en que las mismas se encuentran.

Al respecto el ministro de Hacienda y Finanzas, Lisandro Nieri, explicó: “Es una medida excepcional que apunta a los saldos a favor de los contribuyentes, para poder compensarlos en la aplicación de Ingresos Brutos y/o devolverlos hasta la suma de $500.000. Tenemos estimados algo más de 2.500 contribuyentes que van a poder acceder a este beneficio por una suma de $120 millones de saldos a devolver y una porción de saldos a compensar con impuestos patrimoniales, automotor e inmobiliario”.

Además, el Ministro hizo referencia al trabajo que se ha realizado para beneficiar a las 51 actividades más afectadas por el Covid-19:” Esto es consecuencia de muchas reuniones que hemos mantenido con el sector. Iniciamos el año con reducciones de Ingresos Brutos del 50% y algo adicional eliminando incrementales para las 51 actividades que identificamos como más afectadas a la pandemia: gastronomía, turismo en sentido general, jardines maternales, gimnasios. Ese beneficio alcanzaba a 10 mil contribuyentes que pasaron a pagar la mitad o menos de Ingresos Brutos y ahora agregamos, para estas actividades este régimen excepcional para devolución de saldos”.

El director General de Rentas, Nicolás Cháves, destacó: “Esta medida alcanza a todos los contribuyentes que tengan saldo a favor en la declaración jurada de mayo con vencimiento en junio y que se encuentren comprendidos dentro de las 51 actividades previstas en el artículo 41 de la Ley Impositiva. Los contribuyentes tendrán hasta el 12 de julio para solicitar la compensación y/o devolución y, en caso de haber solicitado la devolución, se realizará hasta el día 30 de julio del corriente cuando se les depositará en el CBU declarado”.

Los contribuyentes comprendidos deberán efectuar su presentación a través de “Mis trámites” de la página web www.atm.mendoza.gov.ar. Posteriormente deberán ingresar a “Mis trámites online” y acceder a la opción “Compensación y Devolución Ingresos Brutos” y finalmente completar el formulario.

Los contribuyentes que opten por el procedimiento mencionado podrán realizar la solicitud hasta el día 12 de julio, mientras que la devolución se hará hasta el 30 de julio de 2021.

Este beneficio alcanza a más de 2.500 contribuyentes de Ingresos Brutos pertenecientes a 51 actividades. Entre los principales rubros que se destacan para recibir este beneficio se encuentran hotelería, agencias de viaje, espectáculos, jardines maternales, gimnasios, actividades vinculadas a taxis, remises, turismo aventura, transporte escolar y diferentes actividades gastronómicas.

A efectos de acceder a la compensación y/o devolución los contribuyentes deberán:

  • Presentar el requerimiento a través de “Mis trámites” de la oficina virtual, en www.atm.mendoza.gov.ar.
  • Tener presentadas todas las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos vencidas a la fecha de la solicitud.
  • Haber consignado en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, correctamente: las alícuotas correspondientes a las actividades por las cuales se encuentra inscripto; y las retenciones y/o percepciones conforme los registros obrantes en la Administración Tributaria Mendoza.
  • En el caso que haya iniciado previamente una acción de repetición de saldos a favor y que la misma no haya sido resuelta, deberá consignar el/los números de expediente en la que haya efectuado la solicitud.
  • Consignar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) en la cual se efectivizará la devolución.

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